Juan Alberto Perote, el que fuera número dos de los servicios de espionaje del CESID (antecesor del CNI) hasta 1991, vuelve a dar la batalla judicial. Más de 20 años después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenase al Estado español porque ... el excoronel «no tuvo un juicio justo» en la jurisdicción militar, su defensa ha presentado un escrito al tribunal juzgador para que se ejecute en su totalidad la sentencia de la corte con sede en Estrasburgo.
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Perote, de 85 años, pretende que se le restituya su condición de militar de carrera, con todos los pronunciamientos administrativos y económicos añadidos y reponiendo al mismo tiempo todas las condecoraciones y titulaciones «que le hubieran resultado sustraídas» tras su expulsión del Ejército en 1998, según el escrito registrado el viernes al que ha tenido acceso este periódico.
El jefe de la Agrupación Operativa de Misiones Especiales del CESID entre 1983 y 1991 fue condenado por el Tribunal Militar Central en julio de 1997 a siete años de prisión. Le atribuyeron un delito de revelación de secretos o informaciones relativas a la seguridad nacional. En concreto, fue castigado por sustraer «de forma clandestina, fraudulenta y falaz» 1.200 microfichas cuando fue cesado por irregularidades en una empresa que los servicios de inteligencia usaban como tapadera. Estos papeles acabaron en manos del banquero Mario Conde y fueron usados para chantajear al Gobierno de González. La sentencia fue confirmada por el Tribunal Supremo ocho meses después y el Tribunal Constitucional inadmitió luego su recurso de amparo.
En mayo de 2001, la defensa del excoronel de Infantería demandó al Reino de España ante el TEDH y en julio de 2002 la corte condenó al Estado al pago de 10.500 euros por haber infringido el artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La Sala resolvió que tanto el presidente del tribunal, general togado José Luis Rodríguez, como el magistrado ponente, general auditor Diego Ramos, intervinieron en actuaciones durante la fase de instrucción, rechazaron el recurso contra su procesamiento y prorrogaron su prisión provisional: Perote estuvo 21 meses preso antes del juicio.
Tras esta resolución, buscó la nulidad de las dos sentencias condenatorias, pero la Sala Quinta del Supremo, en diciembre de 2002, y en amparo el Constitucional, en diciembre de 2005, rechazaron su petición porque los fallos del TEDH sólo tienen «naturaleza declarativa» y carecían de «efecto ejecutivo», alegaron.
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La única consecuencia del caso derivó en la reforma legal que llevó a cabo el Gobierno de Aznar en 2003 para incrementar las garantías relativas a la composición de los tribunales militares.
Ahora, dos décadas después, Perote vuelve a la carga. El que fuera mano derecha en el CESID del teniente general Emilio Alonso Manglano (fallecido en 2014) reclama al Tribunal Militar Central la ejecución de la sentencia de Estrasburgo en su totalidad. No solo el abono de los 10.500 euros de la condena al Estado, sino también la adopción de medidas individuales para resarcir al demandante de las consecuencias profesionales que supuso su castigo penal y la consiguiente pérdida de la condición de militar.
La defensa de Perote, ejercida por Antonio Suárez-Valdés, considera que la sentencia «no ha sido plena y debidamente ejecutada» en el plano individual, por lo que además de la restitución de la condición de militar, reclama la invalidez y rescisión de las resoluciones condenatorias. «Es difícilmente entendible que se vengan ejecutando con prontitud las sentencias de Estrasburgo que permitan la inmediata excarcelación de etarras, caso de la anulación de la llamada doctrina Parot en 2013, y que el caso de Perote lleva años pendiente de ejecutarse», denuncia el abogado.
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