El Juzgado Togado Militar Territorial número 14, que instruye las causa por el accidente del caza C-101 que utilizaba la Patrulla Águila, ocurrido el 26 de agosto de 2019 en las proximidades de La Manga del Mar Menor, ha recibido un informe pericial que ... atribuye al Ejército del Aire la «responsabilidad directa» del siniestro en el que falleció el comandante Francisco Marín.
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El documento aportado por la defensa del oficial, que tuvo el papel de 'Solo' en la unidad de exhibiciones, esto es, el encargado de realizar las maniobras más arriesgadas, analiza de forma detalladas las causas y factores que contribuyeron a la caída de la aeronave de Casa. La pericial está firmada por el capitán Orlando Jiménez, experto piloto e investigador de accidentes aéreos, que intervino, entre otras, en la causa del siniestro del Yak-42.
Su informe del avión C-101, perteneciente a la Academia General del Aire (AGA) de San Javier, recoge como causa primaria la falta de diligencia de la «organización del Ejército del Aire» en la planificación del vuelo. Afirma que no se establecieron «los mínimos meteorológicos de techo o de nubosidad y de visibilidad mediante el cual esta organización hubiera definido la operación y práctica de la maniobra de picado de forma segura».
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Esta mala praxis, prosigue, permitió al comandante Marín -de 43 años, casado y con un hijo- iniciar la maniobra en una condición de nubosidad que cubría más de la más de la mitad del cielo. «Esto lo causó la pérdida de visibilidad en los tres planos mientras volaba ente nubes a baja altura, conduciendo esta situación al piloto al escenario de la desorientación espacial y, por lo tanto, al accidente».
Según el informe de la Comisión para la Investigación Técnica de Accidentes de Aeronaves Militares (CITAAM), remitido al juzgado en julio de 2020, en la estación meteorológica se recogió a las 8:39 de la mañana 26 grados, humedad relativa del 75%, viento medio de 12 kilómetros por hora del noreste y máximo de 22 del este, y en el área del vuelo había «nubosidad abundante a 2.000 pies de altitud».
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El documento pericial expone, además, otros cuatro factores contribuyentes del siniestro: la falta de un programa de supervisión o de seguimiento de las operaciones aéreas, específicamente de las de acrobacia, mediante la instalación y análisis del grabador de datos de vuelo en los C-101. Un aparato español con 40 años de vida concebido para la enseñanza y las exhibiciones acrobáticas como transición a los grandes cazas de combate.
La no actualización del equipo de seguridad, especialmente por la carencia del indicador de alarma de proximidad el terreno; la falta de un grabador de datos; y la ausencia del sistema de radio-altímetro, el cual suministra el aviso de proximidad al terreno o al agua a los 2.500 pies de altura en el descenso.
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Con estas conclusiones periciales la defensa de la madre del piloto, que lleva el abogado Javier Martínez, entiende que los hechos pueden ser constitutivos de delitos contra la eficacia del servicio, recogido en el Código Penal Militar. Por lo tanto, reclama al juez togado «el impulso del procedimiento en aras a averiguar hechos, circunstancias y personas responsables del accidente».
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