El juez marchena y el juez Llarena. Efe

Marchena y Llarena, los guardianes supremos de las esencias del 'procés' judicial

La negativa a aplicar la ley de amnistía al delito de malversación culmina la respuesta de los dos magistrados a cada paso del Gobierno y sus aliados desde 2021 para desmontar la sentencia del 1-O

Mateo Balín

Madrid

Domingo, 7 de julio 2024, 00:05

Son los guardianes de las esencias del 'procés' judicial. Los dos magistrados que han marcado la respuesta del Tribunal Supremo desde otoño de 2017, cuando la Fiscalía General del Estado, entonces comandada por el malogrado José Manuel Maza, presentó sendas querellas en la Audiencia Nacional ... y el alto tribunal contra los líderes independentistas por delitos de rebelión, sedición y malversación de caudales públicos por la «ensoñación» separatista del 1 de octubre de aquel curso.

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Camino de los siete años de este hito judicial, que sigue condicionado la política nacional y la gobernabilidad del país, el presidente de la Sala Segunda (Penal) Manuel Marchena y su compañero en el Supremo Pablo Llarena dieron esta semana el último golpe en la mesa para impedir que el Gobierno de coalición y sus aliados parlamentarios desmontaran la pieza definitiva de su gran obra: las 493 páginas de la sentencia dictada en octubre de 2019, que la ley de amnistía busca borrar totalmente.

Se sabía en el alto tribunal que tanto Marchena -como ponente del fallo que condenó a entre nueve y 13 años de prisión a Oriol Junqueras y otros ocho procesados- como Llarena, en su papel de instructor de la causa y perseguidor del rebelde Carles Puigdemont, no iban a tragar con la aplicación de la ley del perdón aprobada por el Congreso entre tensiones de alto voltaje con el Senado, dominado por la mayoría absoluta del Partido Popular.

Un texto que pretende «la normalización institucional, política y social en Cataluña», pero que el pasado lunes se dio de bruces con el muro judicial construido desde 2017 por estos dos magistrados, héroes del Estado de derecho para unos y villanos con toga para otros. Unos jueces que han estado en el foco permanente como cabezas visibles de un alambicado enfrentamiento con el poder político. Protagonistas de un doble pulso con cada paso que ha impulsado la escuálida mayoría parlamentaria del Ejecutivo para desactivar el 'procés' judicial, por un lado; y la estrategia del expresidente catalán para internacionalizar el conflicto desde que abandonó a toda prisa el país camuflado en un coche con destino a Bélgica, del otro.

Las pistas para vaticinar su rechazo a someterse al llamado «imperio de la ley» con esta amnistía ya estaban escritas con letra gruesa. En junio de 2021 con la negativa del tribunal juzgador del 'procés' a secundar los indultos parciales concedidos por el Gobierno a los nueve condenados; en enero de 2023 con la supresión del delito de sedición y la reforma de la malversación salida del Parlamento, cuya rechazo quedó plasmado en la revisión de la sentencia que realizó la Sala presidida por Marchena y la causa que instruye Llarena; y hace menos de un mes con la entrada en vigor de ley de amnistía, impulsada por el PSOE y cuya aprobación definitiva estuvo condicionada a los siete votos de Junts, el partido que lidera Puigdemont, para investir a Pedro Sánchez como presidente.

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Evitar interferencias

Esta vez, Marchena y Llarena decidieron que el texto legal no se debe aplicar al delito de malversación, por lo que el segundo mantuvo la orden de detención contra el expresidente catalán en caso de que vuelva a España. En realidad, no hicieron más que aplicar su propio criterio. El mismo que expusieron en sendas resoluciones de 2023, tras la modificación del Código Penal para aliviar las penas por malversación, que descartaron asumir. Entonces, el legislador rebajó las penas siempre que el acusado no tuviera como objetivo embolsarse lo robado, o sea, «ánimo de lucro». Se ponía este ejemplo: no es lo mismo que un político cometa malversación de fondos públicos al destinarlos para una partida diferente de lo que debía que para metérselos en el bolsillo.

Justo después de ese cambio legal, los seis magistrados del tribunal presidido por Marchena, y también Llarena, levantaron la sedición a los dirigentes independentistas, pero mantuvieron la malversación con el argumento de que el ánimo de lucro es equiparable a usar el dinero público como si fuera «propio». En este caso, el beneficio particular era «sufragar la decisión» de enfrascarse en la declaración unilateral de independencia a través del referéndum del 1-O. Y ahora, con la negativa a aplicar la amnistía, sumaron otro argumento: el «carácter patrimonial del enriquecimiento personal» por el ahorro que les generó no pagar de su bolsillo la consulta ilegal de octubre de 2017.

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Una postura que contó con el voto particular de la magistrada Ana Ferrer, que rompió la unanimidad con la que había venido actuando el tribunal juzgador hasta la fecha. Ferrer reprochó a sus compañeros el «peligro» que supone «retorcer los perfiles del ánimo de lucro» para no someterse a la ley de amnistía. Además, se mostró partidaria de haber llevado las dudas sobre la afectación de los intereses comunitarios al Tribunal de Justicia de la UE. «La decisión no es interpretativa sino derogatoria», resumió la magistrada, poniendo las bases de la disputa jurídica que dirimirá en los próximos meses el Tribunal Constitucional sobre la legalidad de la norma.

Hay en el Supremo quien considera que Marchena, garante máximo de la respuesta judicial al 'procés', no quiso dar el paso de preguntar a la corte europea con sede en Luxemburgo para evitar sorpresas. En cualquier caso, las pistas ya estaban escritas para intuir que iba a defender jurídicamente la pervivencia de su gran obra, la sentencia del 1-O, contra las interferencias del Gobierno y sus aliados.

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