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Miguel Bernard, el «secretario general» de Manos Limpias, hizo público un comunicado a primera hora de la mañana de este jueves en el que admite no conocer si las informaciones periodísticas en las que fundamenta su querella contra Begoña Gómez tienen base o no.
«No ha habido en el actuar de Manos Limpias el más mínimo acto falsario, pues como bien han dicho quienes nos han criticado, basé la denuncia que se presentó en dichas informaciones periodísticas, y solo en las mismas», apunta Bernard.
«Será ahora el juez instructor quien deberá comprobar si dichas informaciones periodísticas son ciertas o no», llega a asegurar el líder del pseudosindicato. «Si las mismas no son ciertas, serán quienes las publicaron, quienes deberán asumir la falsedad, pero si no son inciertas, entendemos que la causa judicial deberá proseguir», remacha Bernard, asumiendo que no ha comprobado en ningún momento el contenido de los artículos que incluyó en su demanda, que ha servido de base para que el Juzgado de Instrucción 41 de Madrid haya abierto diligencias previas contra la mujer de Pedro Sánchez.
La demanda de Manos Limpias, en cualquier caso, se basa, por error, en una sentencia sobre tráfico de influencias que no existe, según ha descubierto este periódico. En el escrito se cita, a la hora de definir el «prevalimiento» como la «presión moral eficiente», una sentencia de la Sala Penal del Supremo, la STS 480/2024 de 7 de abril. Esa resolución no existe. En realidad la querella parecería hacer referencia a otra sentencia, la 480/2004, emitida 20 años antes y que sí que atañe a un caso de tráfico de influencias.
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El líder de Manos Limpias abunda en que el origen de la querella fue que el sindicato tuvo «conocimiento» a través de varios diarios digitales, de una serie de informaciones que afirmaban «presuntas irregularidades que pudieran ser presuntamente delictivas, en el comportamiento» de Begoña Gómez.
«Tras observar que la Fiscalía no actuaba de oficio, pese a que las referidas noticias llevaban semanas publicándose, procedí a poner en conocimiento del juzgado competente dichas informaciones, al amparo del artículo 259 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, mediante la oportuna denuncia, al objeto de que abriera diligencias y comprobara la veracidad de las mismas. Hemos ejercido con ello un derecho y un deber ciudadano», zanja Bernard.
En su «nota de prensa», Miguel Bernard tilda de «todo punto inaceptable la reacción» del presidente del Gobierno, «que en vez de dar las pertinentes explicaciones acerca de si las informaciones sobre su mujer son ciertas o no», ha procedido «como respuesta» a «insultar a este sindicato por haber ejercido un derecho constitucional, diciendo que somos una «organización ultraderechista» o dando a entender que formamos parte de una campaña derechista contra él, lo cual es falso».
El secretario general de la organización también defiende en ese comunicado su honorabilidad frente a los «insultos» de la «prensa progubernamental» , que se han «olvidado de que fui absuelto por parte del Tribunal Supremo, y de que ni la Audiencia Nacional afirmó que yo me llevara ni un céntimo de euro de actividad ilícita alguna».
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