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Arturo Checa
Valencia
Lunes, 7 de abril 2025, 16:45
Avalancha de decisiones de la jueza de Catarroja que investiga la gestión tras la dana. El Tribunal Superior de Justicia ha comunicado un total de ... seis autos y una providencia con un sinfín de decisiones tomadas por la magistrada. Entre las más destacadas, que rechaza dar acceso a los móviles de la exconsellera Salomé Pradas y el ex secretario autonómcico de Emergencias (ambos declaran este viernes como investigados) según reclamaba una acusación particular, desestima citar como testigo al presidente de la Generalitat y literalmente explica que no puede interrogar a todo el Cecopi porque no tiene sitio material ni sede en el que hacerlo.
Fue la la acusación popular Acció Cultural del País Valencià, una de las más activas en la petición de diligencias, la que pidió a la jueza que reclamara las llamadas que recibieron y efectuaron los dos únicos investigados en la causa. Movistar es la empresa que tiene adjudicado el servicio de telefonía móvil por parte de la Generalitat.
Pradas y Argüeso podían tener, de acuerdo a su responsabilidad, un teléfono corporativo. El letrado solicita todas las comunicaciones desde el día 24 hasta el 30 de octubre, aunque las de mayor enjundia serían las horas críticas del día de la tragedia.
La jueza explica que esta medida afectan al secreto de las comunicaciones y «solo puede llevarse a cabo con fundamento en la presunta comisión de delitos dolosos», por lo que lo rechaza.
La magistrada también ha denegado la solicitud de una acusación particular de recibir declaración como testigo al presidente de la Generalitat Valenciana, tal y como rechazó en una resolución anterior a la vista de las querellas y denuncias formuladas contra el jefe del Consell, «sin perjuicio de que él mismo pudiera solicitarlo, no como testigo, sino al amparo de las garantías propias a que se refiere el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal», como ha informado el TSJ.
Curiosa la respuesta de la jueza de Catarroja respecto a la solicitud de declaración testifical de todos los que participaron, presencial o telemáticamente, en las reuniones del Cecopi. La instructora lo ve inviable por una cuestión de medios. Señala la imposibilidad de establecer «una programación de todos los señalamientos» ante la falta de un espacio concreto y estable para practicar las declaraciones en la Ciudad de la Justicia de Valencia.
También desestima la práctica de un reconocimiento aéreo de las zonas afectadas, así como tomar declaración en este momento procesal a responsables de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE), de alcaldes y de concejales con competencias en emergencias y protección civil. La magistrada señala que resolverá sobre esa cuestión «a la vista de las declaraciones de víctimas y familiares».
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