El juez de Madrid Juan Carlos Peinado ha señalado en una providencia que se pueden sacar «conclusiones» del «silencio» de Pedro Sánchez en su declaración como testigo el pasado 30 de julio. El magistrado ha hecho esta valoración en una resolución en la que rechaza ... la petición de la Fiscalía para que no se entregue a las acusaciones particulares el vídeo de la declaración en la Moncloa a cuenta de la investigación que pesa sobre su esposa, Begoña Gómez, por los delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios entre particulares. Las imágenes grabadas duran apenas unos instantes, ya que el presidente del Gobierno se acogió a su derecho a no contestar dada la relación matrimonial con la investigada, tal y como le permite la ley.
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El Ministerio Público, que se ha mostrado desde un inicio contrario a la imputación de Gómez a raíz de una denuncia del pseudosindicato Manos Limpias, sostiene que «esa hipotética entrega carecería de utilidad material o procesal», pero el juez responde que el fiscal no se ampara en «precepto legal alguno que justifique la denegación que se pretende».
El titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid entiende en cambio que todas las partes personadas deben tener acceso al vídeo de la testifical. Ello a pesar de que las imágenes puedan ser objeto de filtraciones. Peinado considera que «sin perjuicio de que efectivamente las filtraciones» de materiales de la causa «se vienen llevando a cabo por todas las partes procesales» y «a pesar de las reiteradas advertencias», las partes «tienen derecho a disponer de copia de todos los documentos que se contienen» en las diligencias previas en las que se incluye la grabación al jefe del Ejecutivo.
Además de no aceptar la petición de la Fiscalía sobre el citado vídeo, el magistrado de 70 años deja en la providencia algunas referencias sobre la comparecencia de Sánchez en su despacho de la Moncloa. Asegura Peinado que se pueden extraer «conclusiones» del silencio del presidente ante las preguntas que «habría de haber contestado» como testigo. Y añade que de este silencio se pueden extraer «inferencias» (deducir algo de una cosa) que afecten a la investigación en torno a su esposa.
«No realizó manifestación alguna respecto de las posibles preguntas que se le hubieran podido realizar, que, si no se consideraran impertinentes por este instructor, habría de haber contestado, bajo juramento y, por tanto, decir verdad», dice el juez en la providencia firmada este jueves. Añade que esas inferencias, «en conjunto con otros elementos de carácter objetivo, puedan llevar a conclusiones al objeto de valorar la posible concurrencia de aspectos integrantes de posibles indicios, bien en sentido inculpatorio hacia algún investigado o, por el contrario, en sentido excluyente de responsabilidad penal».
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