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La justicia española ha abierto una vía para combatir la impunidad que aún sobrevuela parte de los crímenes perpetrados por ETA a lo largo de su mortífera trayectoria –restan aún en torno a 300 asesinatos por esclarecer– y lo ha hecho con la víctima que ... se ha erigido en el emblema de todos los damnificados por la violencia terrorista: Miguel Ángel Blanco. La decisión del magistrado de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón de imputar a los exjefes de la organización etarra Mikel Albisu 'Mikel Antza' y su compañera Soledad Iparragirre 'Anboto' y al responsable de los comandos ilegales en los años 90, José Javier Arizkuren Ruiz 'Kantauri', por el secuestro y asesinato del concejal del PP de Ermua adquiere un potente simbolismo al concretarse cuando se cumplen 25 años del crimen que sacudió al País Vasco y al conjunto de la sociedad española. Y por las expectativas que alienta de que potenciales culpas pendientes de los antiguos dirigentes de ETA no se evaporen en un cajón.
García Castellón ha reactivado, a iniciativa de la asociación Dignidad y Justicia, el sumario por el que fueron condenados en su día los integrantes del 'comando Donosti' Javier García Gaztelu 'Txapote' e Irantzu Gallastegi 'Amaia' (el tercero, José Luis Geresta 'Oker' se suicidó) por ejecutar el rapto y asesinato de Blanco. La resolución judicial conocida ayer se traduce en la imputación y la consiguiente citación a declarar de 'Antza' –que ya está hoy fuera de prisión– 'Anboto' y 'Kantauri' por instigar el crimen y no haberlo impedido pudiendo hacerlo desde su jefatura. El magistrado señala también a Ignacio de Gracia Arregi 'Iñaki de Rentería', pero en su caso sí considera los delitos prescritos ya.
El movimiento de García Castellón llega después de que los servicios de Información de la Guardia Civil le hayan confirmado que los tres acusados formaban parte del comité ejecutivo de ETA (Zuba) en julio de 1997, cuando la banda terrorista mató al edil popular. El titular del Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional imputa a los excabecillas terroristas precisamente en aplicación de la denominada 'doctrina Miguel Ángel Blanco'. Este criterio efectúa una novedosa interpretación de la Convención Europea de Imprescriptibilidad de Crímenes contra la Humanidad y Crímenes de Guerra, que permitiría declarar que las eventuales responsabilidades penales no se extinguen para 430 asesinatos terroristas cometidos en España o contra ciudadanos españoles entre 1990 y 2010.
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A. GONZÁLEZ EGAÑA
García Castellón, basándose en el informe de la Guardia Civil, sostiene que los tres jefes de la banda hoy extinta, pese a no ser los ejecutores materiales del asesinato de Blanco, sí tuvieron «una participación en comisión por omisión, atendida la posición de dominio que ostentaba el órgano ejecutivo de la organización terrorista». Para el instructor resulta crucial el hecho de que los imputados, como miembros de esa cúpula con poderes decisorios, tuvieron «capacidad real durante las más de 48 horas en las que se prolongó el secuestro, para poder detenerlo, pudiendo deducir de la negativa a hacerlo una intención manifiesta en la producción del resultado».
Insiste el magistrado en que los tres investigados, a la vista de los informes de los servicios policiales, ostentaban suficiente «capacidad de mando y de decisión» sobre la actividad terrorista de la organización tanto como para haber podido tomar la decisión de que no se secuestrase a la víctima, como para «evitar el desenlace último del secuestro» al haber podido ordenar al 'comando Donosti' que la dejara en libertad. Como es sabido, y se recuerda singularmente en este 25 aniversario, no lo hicieron. «La acción terrorista que el 'comando Donosti' ejecutó no pudo materializarse por su propia iniciativa, sino que lo realizó siguiendo las órdenes y con la autorización expresa de sus superiores, los integrantes del comité ejecutivo de ETA», zanja García Castellón.
Así, el juez cree poder llegar a sentar en el banquillo a 'Kantauri', 'Antza' y 'Anboto' por secuestro y asesinato terrorista a pesar del cuarto de siglo transcurrido. La 'doctrina Miguel Ángel Blanco', obra del abogado de Dignidad y Justicia Miguel Ángel Rodríguez, argumenta que cuando el Gobierno de Rodríguez Zapatero reformó el Código Penal lo hizo sin contemplar que el artículo 2.2 de la Convención Europea de Imprescriptibilidad de Crímenes contra la Humanidad y Crímenes de Guerra de 1974 exigía a los países miembros del Consejo de Europa que aplicaran la no prescripción también de los casos en los que que el plazo para el archivo legal «no había expirado en ese momento». Lo que implicaría poder perseguir ahora la posible impunidad en crímenes cometidos a partir del 24 de diciembre de 1990.
Manuel García Castellón, en su primera etapa en la Audiencia Nacional, estuvo como instructor entre 1993 y 2000. En julio de 1997, al frente del Juzgado Central de Instrucción 6, el mismo que a día de hoy sigue dirigiendo, ya se encargó del sumario por el asesinato de Miguel Ángel Blanco. El pasado marzo reabrió la causa para tratar de enjuiciar a los cerebros del asesinato del edil.
Los años noventa y la nueva estrategia terrorista se le grabaron a sangre y fuego hasta el punto de que el auto en el que imputa a los jefes de ETA hace un repaso histórico para enmarcar la ejecución de Blanco. Recuerda el juez que el asesinato del edil vizcaíno fue parte de la «estrategia de desestabilización» del Estado decidida por la cúpula de la banda entre 1993 y 1994. Tras la caída en 1992 de la cúpula de Bidart, los cabecillas terroristas, dentro de esa nueva estrategia, decidieron redoblar su ofensiva con el señalamiento de cargos políticos del PP y del PSOE como objetivos de ETA, intentar atentar contra la Familia Real y otras acciones mediáticas como el secuestrodurante 532, días del funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara.
En 1997, asegura el auto, «el secuestro de un concejal del Partido Popular era una prioridad absoluta para la «Dirección» de ETA, acción que había que realizar precisamente en el verano y «lo antes posible». Así consta en los propios documentos emanados de dirigentes de la organización terrorista, en este caso comunicaciones orgánicas manuscritas por el responsable de los comandos «ilegales» de ETA, el ahora imputado 'Kantauri', dirigidas a unos de sus comandos, el Vizcaya.
Para el magistrado, teniendo en cuenta la rígida jerarquía que imperaba en ETA en los noventa, es «improbable que una acción terrorista como la llevada a cabo contra el concejal del PP fuese realizada por un comando sin que mediase una decisión y una planificación previa, así como unas órdenes concretas y específicas, emanadas de la principal estructura directiva de ETA, su Comité ejecutivo».
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