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El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón, instructor del 'caso Villarejo', ha pedido a los juzgados ordinarios de Madrid que investiguen si la exasesora de Podemos Dina Bousselham cometió un delito de falso testimonio cuando declaró en la pieza separada del 'caso Tándem'. ... El magistrado considera que la perjudicada pudo mentir sobre el recorrido que tuvo su tarjeta telefónica desde que le robaron el móvil en 2015 hasta que parte de la información que contenía apareció publicada en varios medios de comunicación.
En un auto, el magistrado ha admitido la solicitud que presentó el pasado abril la Asociación de Juristas Europeos ProLege, que ejerce la acusación popular, en la que se pedía que se dedujera testimonio de Bousselham y a su pareja, Ricardo Sa Ferreira.
En 23 folios, el titular del Juzgado Central de Instrucción número seis ha acordado también pedir a los Juzgados de Alcorcón (Madrid) que investiguen si la exasesora de Pablo Iglesias cometió un presunto delito de acusación y denuncia falsa y/o delito de simulación del delito.
El propio magistrado ya puso de relieve las contradicciones apreciadas en las declaración de los perjudicados Dina Bouselham y Ricardo Antonio de Sa Ferreira en la exposición razonada elevada a la Sala Penal del Tribunal Supremo el 7 de octubre de 2020, cuando pidió sin éxito que se investigara al exlíder de Podemos Pablo Iglesias.
García Castellón indicó en 2020 que, aunque no ponía en duda que la publicación de las imágenes pudiera resultar una intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad de Bousselham, sí dudaba de la actuación de la defensa de la perjudicada.
Aseguró que el equipo jurídico había hecho una «simulación» y un «uso torticero» de la justicia por «haber procedido por la vía penal con un claro objetivo de perjudicar» al medio en el que se publicó la información y «sabiendo que no existía conexidad entre las imágenes publicadas por el digital y los hechos del 1 de noviembre de 2015», cuando tuvo lugar la presunta sustracción del móvil en un centro comercial de Alcorcón.
El instructor insistió en que Iglesias, aforado entonces por su condición de diputado, instó a los servicios jurídicos de Podemos a presentar la denuncia por la sustracción de los efectos de Dina y su posterior publicación. A su juicio, sin embargo, la realidad era que el dirigente «no pretendía esclarecer ni un delito de hurto ni un delito de revelación de secretos, sino solo actuar contra el medio digital (OK Diario)».
«El señor Iglesias sabía de antemano que ni había hurto, ni conexión entre la sustracción y la publicación, ni delito de descubrimiento y revelación de secretos, pues había visto el contenido de la tarjeta y la tenía en su poder», señaló el juez, quien insistió en que «por eso probablemente meses después se la devolvió a su propietaria inservible; porque sabía que ella era el origen de la publicación».
Por estos hechos, García Castellón propuso al Supremo que investigara a Iglesias, alegando que «la única explicación posible» era que la tarjeta telefónica resultara dañada mientras estaba en su poder. El magistrado planteó que el entonces líder de Podemos fuera investigado por delitos de descubrimiento y revelación de secretos, con agravante de género, daños informáticos y acusación o denuncia falsa y/o simulación del delito, pero el Supremo lo descartó por la falta de indicios.
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