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El juzgado de instrucción 7 de Barcelona ha archivado la causa penal que tenía abierta contra 46 agentes de la Policía Nacional por su actuación contra los manifestantes durante el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. La justicia les ha aplicado la ley ... de amnistía y ha extinguido su responsabilidad penal, cuando estaban a punto de sentarse en el banquillo por las cargas contra la gente que acudió votar el 1-O, acusados de lesiones y delitos contra la integridad moral y se enfrentaban a penas de cárcel de 4 a 5 años de prisión.
«La amnistía debe ser aplicada, ya que las actuaciones investigadas fueron de escasa duración individual, enmarcadas en un objetivo policial definido y que no continuaron una vez conseguido el mismo sin que se prolongaran en el tiempo más allá de la propia maniobra policial de entrada y salida de los distintos colegios electorales», según la resolución judicial. Según el juez Francesc Miralles, ninguno de los hechos objeto de este procedimiento judicial superó el «umbral de gravedad» necesario para ser excluido de la aplicación de la ley de amnistía. Fueron lesiones leves. Respecto a los acusados por el delito de atentado contra la integridad moral, «claramente deben considerarse igualmente amnistiables», señala.
Ómnium Cultural, Iridia y la ANC, personadas como acusación particular, se negaron a que fueran amnistiados los «responsables de la brutalidad policial».
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