El Gobierno se resiste a modificar la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, más conocida como ley del 'solo sí es sí', a pesar de que está provocando un goteo continuo de excarcelaciones y rebajas de penas a agresores sexuales. Si a principios ... de diciembre el propio presidente, en una conversación informal con periodistas, abrió la puerta a un «retoque técnico» de la norma, en caso de que una nueva sentencia del Tribunal Supremo asentase doctrina en un sentido contrario al que desde Moncloa habían previsto inicialmente, ahora evita mencionar siquiera esa posibilidad. «Los tribunales tienen que, a través de la jurisprudencia, establecer la correcta forma de aplicar la ley», señaló Pedro Sánchez el martes durante su balance de fin de año.
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Con la modificación legal, que pone el consentimiento en el centro de la norma, el Ejecutivo buscó castigos mayores para quienes incurran en delitos sexuales. Para ello, eliminó el delito de abuso sexual y convirtió todo acto no consentido en agresión, armonizando las penas que el Código Penal preveía antes para cada uno de los dos delitos, para lo que tuvo que reducir las penas mínimas. Sus planes, sin embargo, se han terminado topando con la obligación de los jueces de aplicar la norma más beneficiosa para el reo y de dar un tratamiento individualizado a cada caso, por lo que 129 agresores han visto hasta ahora reducidas sus condenas y una quincena, incluso, han abandonado ya la cárcel.
En el Ejecutivo, no obstante, piden cautela e insisten en esperar a que el Supremo cree doctrina antes de acometer una reforma de la ley a la que Unidas Podemos se niega en redondo, al considerar que el texto está siendo manipulado por «fachas con toga», según arremetió la ministra de Igualdad Irene Montero. En la cúpula morada defienden que la ley es «sólida», y califican de «solvente» la modificación del Código Penal que acordaron con el entonces ministro de Justicia Juan Carlos Campo. «Es una ley pionera que lo que hace es reforzar la protección de la mujer frente a cualquier tipo de agresión sexual», esgrimió en su defensa este martes Sánchez durante su intervención en la Moncloa.
Desde que la ley del 'solo sí es sí' entró en vigor el pasado 7 de octubre, el Supremo ha emitido tres sentencias en las que ve claro que si las penas pueden ser menores en aplicación de la norma, los condenados deben beneficiarse de la misma respetando el 'in dubio pro reo' del artículo 2.2 del Código Penal. La primera fue en el 'caso Arandina', en el que dos futbolistas de este equipo fueron condenados por agredir a una menor. La Sala de lo Penal elevó el castigo a nueve años de prisión, pero dejando constancia de que habrían sido diez sin el nuevo marco legal.
La segunda vez que el alto tribunal se pronunció fue el pasado 15 de diciembre al reducir de nueve años a cuatro la reclusión para un condenado que realizó tocamientos en 2019 a cuatro menores y a una adulta mientras patinaban en una pista de hielo de Vitoria. Antes de la reforma de la ley 10/2022 de delitos sexuales, la pena mínima se fijó en dos años de prisión por cada uno de los cuatro delitos de abuso sexual a las niñas y en un año por el cometido a una mayor de edad.
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Una semana después, el Supremo emitía una nueva sentencia en la que rebajaba de doce a diez años de cárcel la condena impuesta a un hombre por un delito de agresión sexual a una menor en Almería al aplicar la nueva ley por ser más beneficiosa para él. En su argumentación, los magistrados mantenían que los hechos probados encajan sin discusión en el nuevo artículo de la agresión sexual que se castiga con una pena que oscila entre los diez y los quince años, optando por aplicar la pena mínima como hizo en su día la Audiencia de Almería.
Ante el aluvión de rebajas de condenas, el Gobierno aprovechó la reforma exprés del Código Penal para intentar clarificar la norma y evitar que esta beneficie a los agresores. Lo hizo a través de una enmienda insertada en la exposición de motivos de ese texto con la que pretende guiar la interpretación de la ley, pero cuya eficacia es difusa e incierta.
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