

Secciones
Servicios
Destacamos
Volantazo en tiempo récord. El Gobierno central forzó este viernes a la Abogacía del Estado a retirar a toda prisa el recurso de reposición que ... había presentado horas antes contra la inédita orden del Supremo para que la Administración central se haga cargo de manera inmediata del millar largo de menores solicitantes de asilo que se agolpan en los centros de acogida de Canarias. Moncloa -según admiten desde altas instancias del Ejecutivo- no supo que sus propios servicios jurídicos se habían opuesto al auto del alto tribunal del pasado 26 de marzo que le obligaba en el plazo de solo diez días (que expira el 8 de abril) a la atención de esos centenares de niños y adolescentes no acompañados (sobre todo malienses y senegaleses) para garantizarles el acceso efectivo al Sistema Nacional de Acogida de Protección Internacional.
En solo cuestión de horas todo mutó. Y así, el sólido y en principio inamovible argumento de los abogados del Gobierno central de que era imposible cumplir la orden del Supremo porque acatar la decisión de los jueces y derivarlos a los recursos estatales a la acogida de estos chavales perjudicaría «el interés superior del menor» quedó en agua de borrajas tras las órdenes de Moncloa. Unas llamadas y reuniones muy tensas que también forzaron a los juristas que trabajan para el Ministerio de Justicia a renegar de manera exprés de su argumento de que, con la ley en la mano, la competencia exclusiva para atender a esos menores -por muy peliaguda que sea de la situación en las islas- es de la comunidad autónoma canaria, independientemente de que hayan solicitado protección internacional o no.
Tras el sorprendente viraje jurídico, el ministro de Justicia evitó este viernes explicar por qué los argumentos legales han dejado de ser válidos en 24 horas y se limitó a defender el golpe de timón por motivos políticos. «Ayer (por el jueves) hubo una reunión del Gobierno de España con el Gobierno de Canarias. Una reunión que ha sido muy productiva y como consecuencia de esa reunión, de los avances que se han producido en esa reunión y como muestra de lealtad y de buena fe en la negociación hemos retirado ya ese recurso que se había interpuesto por la Abogacía del Estado ante el auto de medidas cautelares», apuntó Félix Bolaños en referencia al encuentro entre el ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres, y el presidente insular, Fernando Clavijo.
Según los últimos cálculos, el futuro de un total de 1.221 menores está pendiente de este tira y afloja legal, de los que 546 ya han presentado la solicitud de protección internacional, 350 están pendientes de cita «para manifestar si tienen voluntad de solicitar dicha protección» y 325 «ya han manifestado tal voluntad» de reclamar el estatus.
El frenazo de Moncloa a sus servicios jurídicos se produce después de que la pasada semana el Tribunal Supremo irrumpiera de lleno en la controversia sobre el reparto de los 'sin papeles' que llegan al archipiélago al dar un plazo «improrrogable» de 10 días al Ejecutivo de Pedro Sánchez para hacerse cargo de esos menores. .
En su resolución, el Supremo admitía que, efectivamente, no estaba claro de quién es la competencia sobre estos menores «en evidente situación de desamparo», ya que en principio es la comunidad autónoma la que debe hacerse cargo de su atención, pero «cuando a su condición de menor se añade la circunstancia de haber presentado una solicitud de asilo», la competencia pasaría a ser del Estado. Los magistrados insistían en que lo ideal hubiera sido la colaboración entre los ejecutivos de Madrid y las islas, pero dada la «insostenible» situación actual, el Supremo optó por acordar como medida cautelar que los niños y adolescentes africanos pasen de inmediato a ser acogidos por el sistema estatal.
Pero los servicios jurídicos del Estado -hasta que Moncloa les hizo cambiar de opinión con varios tensas llamadas y encuentros en la tarde del jueves y la mañana de viernes- discrepaban diametralmente de esa interpretación. Aseguraban que el Supremo está obviando la doctrina constitucional del principio de que siempre prima del interés superior del menor. Además, recordaban en el recurso que ahora ha quedado en papel mojado, que esa interpretación es contraria al derecho de asilo, pues la normativa establece que las personas menores solicitantes de estatus de protección tienen derecho a ser tratadas «de manera diferente y específica a su situación» y que este tratamiento -por ley- solo se lo pueden dar por ley las comunidades autónomas.
En esa línea, incidían en el escrito ya retirado que el artículo 48 de la ley Reguladora del Derecho de Asilo establece sin género de dudas que los menores no acompañados solicitantes de protección internacional serán remitidos a los servicios competentes en materia de protección de menores. Ese precepto de la normativa de 2009 -que ahora el Gobierno ha ordenado soslayar por completo - establece literalmente que «los menores no acompañados solicitantes de protección internacional serán remitidos a los servicios competentes en materia de protección de menores y el hecho se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal».
«Es, por tanto, la propia Ley 12/2009 la que establece que los solicitantes de protección internacional que sean menores no acompañados deberán remitirse a los servicios competentes en materia de protección de menores, que son las comunidades autónomas, llevando a la conclusión inversa a la establecida en el auto impugnado», argumentaba el Ejecutivo central en su recurso antes de que enmendarse a sí mismo.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.