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La decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), después de los varapalos recibidos por la Magistratura española, resucita en la práctica el proceso para conseguir la entrega a España de Carles Puigdemont y de los otros líderes independentistas huidos a raíz del ... encausamiento por el intento de secesión de otoño de 2017. Sin embargo, y aunque el fallo de Luxemburgo constituye una buena noticia porque deja fuera de juego las excusas esgrimidas por los jueces belgas para no ejecutar la petición de extradición del expresidente de la Generalitat -así lo reconocen en el Supremo a este periódico-, el proceso, en realidad, vuelve casi al «pitido inicial del partido»; es decir, casi al momento en que Puigdemont y varios de sus consejeros se fugaron a Waterloo hace ya más de un lustro. Ante un proceso que se barrunta de meses, cuando no de años según las fuentes consultadas, las dudas siguen siendo más que las certezas. Y las preguntas brotan.
La Gran Sala zanja que ningún tribunal belga o sus magistrados podrán esgrimir ya que el Supremo no era el órgano competente para reclamar la entrega del expresidente catalán y quienes escaparon con él al país europeo; ni que exista, tampoco, el riesgo de que los huidos vean violados sus derechos en caso de entrega a la justicia española. En última instancia, y así lo ha manifestado expresamente el TJUE, da vía libre a que Pablo Llarena, instructor de la causa por el 'procés', dicte nuevas euroórdenes de detención contra Puigdemont.
A día de hoy no hay euroórdenes activas ni contra Puigdemont ni contra el resto de los prófugos por la intentona separatista. En un primer paso, Llarena planteó una cuestión prejudicial y las dejó en suspenso a la espera del dictamen del TJUE que se ha hecho público esta mañana. Después, el pasado 13 de enero, el juez del Supremo acabó retirándolas por completo en el auto que dictó tras las reforma del Código Penal impulsada por el Gobierno que deroga el delito de sedición y rebaja el de malversación, los ilícitos por los que fueron sentenciados Oriol Junqueras y los demás acusados que ya fueron condenados y purgaron cárcel.
Según todas las fuentes consultadas, Llarena debería esperar ahora a dictar nuevas euroórdenes, aguardando a que la Sala de lo Penal del Supremo falle sobre el recurso que la Fiscalía y otras partes han presentado contra el auto del 13 de enero del instructor. Tanto el Ministerio Público como la Abogacía del Estado han impugnado la decisión del juez de procesar a Puigdemont y a los exconsejeros Clara Ponsatí y Antonio Comín exclusivamente por desobediencia (un delito sin pena de cárcel) y por malversación agravada. Llarena entiende que no es posible imputar a los huidos desórdenes agravados, el nuevo ilícito introducido por la reforma penal que sí creen aplicable al 'procés' la Fiscalía y los servicios jurídicos del Estado. La única coincidencia es la acusación por malversación agravada.
Es posible, aunque deberá determinarlo el Supremo. Aunque la Sala de lo Penal que dirige Manuel Marchena acepte que el criterio de Llarena de que no se puede acusar a Puigdemont de desórdenes agravados (hasta cinco años de prisión) porque estos no existían en el momento de los hechos, todas las fuentes consultadas apuntan a que sí se mantendrán los cargos de malversación agravada, penada con hasta doce años de prisión. Eso sí, siempre será menos cárcel que por la antigua sedición (hasta 25 años) ahora suprimida.
Es imposible anticiparlo. El embrollo legal y judicial internacional no ha acabado, ni mucho menos, con la sentencia del TJUE de este martes. Puigdemont mantiene media docena de procedimientos abiertos ante la justicia europea. Entre ellos, el exjefe de Gobierno está pendiente todavía de que el Tribunal General de la UE decida si le levanta o no su inmunidad como eurodiputado.
El fallo del tribunal europeo no implica una victoria completa la justicia española porque, y así lo admiten fuentes del Supremo, todavía deja resquicios para que los tribunales belgas sigan poniendo trabas a la entrega, tanto por la falta de competencia como, sobre todo, por la supuesta falta de garantías procesales en España, aunque ahora deberán argumentarlo con mayor consistencia. Es más, tendrán que acreditar que la supuesta falta de prerrogativas del Supremo en este caso es «manifiesta» y que «existen razones serias y fundadas» de que el acusado no será enjuiciado con todas las salvaguardas del Estado de derecho. Además, la justicia de Bélgica habrá de solicitar a España información complementaria.
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