El entrevistado, durante la presentación del dictamen elaborado para Sumar el martes en Barcelona. EP

Nicolás García Rivas

«No hay fórmula jurídica para condicionar la amnistía a que no se repita el 'procés'»

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Castilla-La Mancha y coordinador del dictamen de Sumar, justifica la medida ante el «durísimo» castigo del Estado y no ve obstáculo a que Junqueras o Puigdemont pudieran volver a ir a las elecciones

Miércoles, 11 de octubre 2023

Tres días después de la noche del 23-J que desplegó unas cartas endemoniadas sobre el tapete de la investidura española, Nicolás García Rivas (Madrid, 1959) recibió una llamada del negociador de Sumar, el exdiputado de los comunes Jaume Asens, para pedirle que colaborara con ... los juristas que asesoran al partido de Yolanda Díaz. A las horas, la solicitud se transformó en el encargo formal de que coordinara el dictamen sobre la amnistía para los encausados del 'procés' que la coalición presentó el martes en Barcelona.

Publicidad

Con ideología reconocible pero sin militancia partidaria, el catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Castilla-La Mancha identifica la mayor complejidad del informe no en determinar si el borrado delictivo de la intentona separatista cabe en la Constitución -él no lo dudaba-, sino en «determinar el motivo legítimo» del mismo en «la España de 2023». Y concluye: «La medida estaría bien incluso si Sánchez no necesitara los votos del independentismo».

-El dictamen lo firman cinco penalistas. ¿No le resta credibilidad que no haya un constitucionalista entre ustedes?

-Lo pensamos, pero Rafael Rebollo fue letrado del Tribunal Constitucional (TC) y nos cubría ese flanco. Esto es relevante, pero desde el punto de vista político. Desde el técnico, a nosotros nos pareció desde el principio que el encaje de la amnistía en la Constitución era bastante sencillo de fundamentar. Lo más sustantivo era motivar por qué cabe ahora una amnistía en España. Y también es crucial, sobre todo si la ley se recurre ante el TC, la preservación del principio de igualdad. La Constitución te dice que no significa equiparación absoluta, sino que cabe una discriminación cuando existe un motivo para ello.

-Y antes de rubricar esta propuesta, ¿usted creía que los encausados por el 'procés' habían delinquido o no?

-Mi posición es conocida, porque firmé manifiestos en 2017 y 2018: yo creo que no cometieron ni rebelión ni sedición. El único delito que podría existir es el de desobediencia, y porque en 2015 se modifica la Ley Orgánica del TC tras la consulta de Artur Mas del año anterior. Aquello fue un proceso político que llevó hasta el límite de aplicar el artículo 155 de la Constitución para frenar el intento de independencia. Y ahí se podía haber quedado. Pero luego se inició la fase del Derecho Penal puro y duro con la que yo nunca estuve de acuerdo. Se hizo una aplicación del mismo desproporcionada, durísima.

Publicidad

-Defienden que se amnistíe a los dirigentes del 'procés', incluida la acusación de malversar dinero público. Pero también piden otro borrado muy delicado: el del terrorismo que se atribuye a los actos vandálicos de los CDR. ¿Eso cómo se justifica?

-Para explicarlo tengo que dar tres pasos atrás y ver cómo se regula el delito de terrorismo en el Código Penal español, que define ese terreno de una forma tan amplia que una conducta puede recibir esa etiqueta sin que se trate de un atentado con muertos. Los procesamientos de los CDR por terrorismo nos parecen una desproporción total. Si tú utilizas esa palabra tan dura, tan fuerte, parece que nadie puede ser amnistiado por eso, ¿no? Y de hecho, si hubiera terrorismo de verdad, pues no podría serlo. Pero es que se hizo una aplicación extravagante del Derecho Penal.

Publicidad

«Antes decía A y ahora, B»

-Sostiene que el asunto mollar pasa por fundamentar que esta amnistía cuadra en la España de 2023. ¿Y por qué lo hace?

-Ahí partimos de la jurisprudencia del TC, que dice que la política criminal la decide el legislador con amplia libertad. Nos situamos entonces en el 27 de octubre de 2017. Las instituciones del Estado deciden resolver el conflicto, en una primera fase, con una incentivación de la aplicación del Derecho Penal. A partir de 2018 se reorienta esa política criminal hacia la despenalización, primero con los indultos y luego con la derogación de la sedición. Ese es básicamente nuestro argumento: que estaríamos ahora en una fase de despenalización en la que cabe la amnistía.

-Esa es la tesis jurídica. ¿Pero hasta qué punto la argumentación del supuesto bien que se persigue no está contaminada, fatalmente y de raíz, por la evidencia de que el presidente del Gobierno necesita los votos de Junts para la investidura?

Publicidad

-La amnistía estaría bien incluso si Sánchez no tuviera necesidad de esos votos. A nosotros nos parece que cabe en la Constitución y sería positiva porque hemos entendido siempre que lo sucedido en Cataluña fue un despropósito -también desde el otro lado, en muchos sentidos-. Y luego está el momento de oportunidad. Resulta que el PSOE antes decía A y ahora dice B; pues bienvenido a B.

-¿El Estado persiguió a los políticos del 'procés' por sus ideas?

-Se les condenó por hechos. Pero claro, por hechos que no se corresponden a los delitos por los que se les condena. No fue una rebelión ni una sedición. Si yo elimino eso, ¿qué es lo que me queda? Pues que había un grupo de políticos que apostaban por la independencia de Cataluña. ¿Y eso es condenar las ideas? Pues no parece porque se condena por hechos. Pero cuando los hechos no te parecen punibles, pues al final con lo que te quedas es con que se les condenó en un porcentaje muy alto por sus ideas y porque las plasmaron en dos leyes inconstitucionales, la del referéndum y la de transitoriedad. Da la impresión, si uno lee entre líneas la sentencia del Supremo de 2019, que las ideas separatistas tiñen de gravedad lo que desde el punto de vista penal no era tan grave.

Publicidad

-¿La amnistía no precisa de una renuncia del independentismo a saltarse el marco legal y a no repetir la vía unilateral?

-No hay fórmula jurídica ni ejemplos que permitan jurídicamente que una amnistía se condicione a un comportamiento posterior. Eso es imposible, porque, además, quien lo decida no sería el mismo cuerpo social que dentro de diez años podría reivindicar otra vez la independencia. Puede ser un compromiso político, pero nada más.

-Entiendo, según esa misma lógica, que no habría forma de excluir la reincorporación plena a la política de Puigdemont y Junqueras, otro aspecto espinoso.

-Sí, pero lo de espinoso es porque se considera que se irían de rositas. Pero si puedes dar una amnistía es porque consideras que tienen derecho a participar en la vida política.

Noticia Patrocinada

-Es decir, podrían presentarse a las elecciones porque sus delitos habrían desaparecido.

-Evidentemente.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

¡Oferta 136 Aniversario!

Publicidad