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La Fiscalía del Tribunal Supremo ha informado a la Sala Segunda (de lo Penal) en contra de la admisión de la querella presentada contra el ministro de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos. El Ministerio Fiscal no encuentra indicios de que el dirigente ... socialista -aforado en este órgano- cometiera un delito de prevaricación en el llamado 'caso Delcy', el conflicto generado por la presencia en el aeropuerto de Barajas de la vicepresidenta venezolana Delcy Eloína Rodríguez, cuando su avión con destino a Turquía hizo escala en Madrid pese a las prohibiciones de la Unión Europea.
La acusación pública ha interesado, en concreto, la desestimación de los dos recursos de súplica presentados por los querellantes, el partido Laócrata y Vox, la declaración de competencia de la Sala Segunda del Supremo y la inadmisión de las querellas acumuladas. La razón, como se dijo con anterioridad, es que «no existen indicios suficientes de que los hechos sean constitutivos de delito de prevaricación, así como su participación en los mismos».
Las querellas atribuían a Ábalos haber prestado autorización para que la vicepresidenta de Venezuela «atravesara el espacio aéreo español y aterrizara en el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Bajaras», pese a que «tenía prohibida su estancia y tránsito por el espacio europeo» por la situación política de Venezuela y la violación de derechos humanos.
El informe de la Fiscalía señala que las querellas están basadas «exclusivamente» en artículos de prensa -especialmente la edición digital Vozpópuli, que hoy ha adelantado el escrito del fiscal- y en la «declaración notarial de un trabajador que ni siquiera especifica su puesto de trabajo, todo ello sin concretar mínimamente la participación del querellado en los hechos imputados».
No entra, sin embargo, a valorar la relevancia penal de las diferentes versiones dadas por el ministro en enero pasado sobre su visita de madrugada al avión de Delcy Rodríguez, sobre todo porque esta respuesta queda en el terreno de la crítica política y no se enmarca en el supuesto de la prevaricación denunciada.
En concreto, Ábalos dio hasta seis versiones distintas sobre el encuentro con Delcy Rodríguez en un margen de una semana. Primero negó «de manera rotunda» haberse encontrado con la vicepresidenta de Maduro, luego matizó que sí la saludó tras un contacto «fortuito» de unos diez minutos. Más tarde señaló que el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, le informó sobre la presencia de la dirigente chavista en el avión y las prohibiciones de la UE. Finalmente, que se vieron «durante 20 o 25 minutos», tiempo en el que, según él, se limitó a transmitir la inquietud del Gobierno y recordarle que no podía pisar suelo español. Y, por último, que se reunieron además en la sala VIP de a terminal ejecutiva de Barajas.
En relación con el delito de prevaricación, el informe de la Fiscalía señala que pese a la naturaleza del mismo, los querellantes, al margen de sus opiniones y sospechas, «no concretan cuál es la resolución injusta y arbitraria dictada por el querellado, ni cuáles son los indicios de participación en la decisión que cuestionan, desconociéndose incluso quién la tomó, ni mucho menos las razones de la misma, defecto de especial trascendencia dado que el delito de prevaricación se reserva para sancionar supuestos límite en los que la actuación administrativa no sólo es ilegal, sino además injusta y arbitraria».
Por todo ello, prosigue el informe, «de las querellas no se evidencia ni el dictado de una resolución administrativa, ni mucho menos su injusticia y arbitrariedad». La Fiscalía del Supremo concluye que no existen los indicios mínimos necesarios para tramitar en la Sala Segunda una causa por delito de prevaricación, sin perjuicio del resultado de las investigaciones que se están llevando a cabo en el Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid.
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