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El pasado 9 de enero la Audiencia Provincial de Madrid notificó la absolución de los tres acusados en el caso de las escuchas ilegales a los investigadores policiales del 'caso del pequeño Nicolás' y a agentes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), que concertaron una ... reunión para valorar los pormenores de la detención del joven estafador en octubre de 2014. Una pieza separada por la que fueron juzgados el comisario jubilado José Manuel Villarejo, su mujer Gemma Alcalá y el periodista Carlos Mier.
Villarejo se sentó en el banquillo como presunto autor del delito de descubrimiento y revelación de secretos en concurso con otro de revelación de secretos oficiales, al verse afectados integrantes de la seguridad del Estado protegidos por la ley de secretos oficiales. La Fiscalía Provincial de Madrid y la Abogacía del Estado pidieron para el comisario jubilado cuatro años de prisión, 66.000 euros de multa y 11 años de inhabilitación absoluta. Mientras que su esposa y el periodista, responsable y empleado del medio digital 'Información Sensible', donde se publicó la información de esta grabación ilícita ocho días después del arresto del 'pequeño Nicolás', fueron juzgados como cooperadores necesarios de estos delitos.
La Sala encargada del juicio, la sección séptima de la Audiencia de Madrid, presidida por Ángela Acevedo y conformada por sus compañeros Caridad Hernández y Jacobo Vigil, consideró probado que «persona o personas no identificadas» captaron de forma ilícita la conversación entre los investigadores, que tuvo lugar el 20 de octubre de 2014 en la sede policial de la unidad de Asuntos Internos. Y que esa reunión, que se produjo entre las 17:00 y las 19:00 horas, fue difundida por varios medios de comunicación de forma posterior.
También declaró probado el tribunal que el periodista Carlos Mier, a las 17:53 horas del mismo día, efectuó una llamada desde su teléfono móvil al del entonces jefe de Asuntos Internos, Marcelino Martín Blas, presente en la reunión, que duró 13 minutos y en el curso de la cual «no resultó acreditado lo que llegaran a hablar». Ello pese a que en el juicio el comisario negó haber aceptado dicha llamada, de lo que la Fiscalía y la Abogacía del Estado infirieron en sus escritos de acusación que pudo activarse una aplicación maliciosa al entrar la comunicación. Un 'malware' que alguien habría instalado de forma previa en la terminal de Martín Blas.
Sin embargo, haciendo caso omiso al caudal de indicios contra los acusados, en especial el uso confirmado por parte de Villarejo de esta tecnología invasiva, el tribunal anuló la prueba que recogía el tráfico de llamadas detectados por las antenas BTS que daban servicio a los terminales que estaban presentes en la reunión.
Por lo tanto, la Sala concluyó que existían «dudas razonables» no solo respecto a los asistentes a esa cita sino también sobre el papel del periodista, ya que no se había podido probar que activase ninguna aplicación maliciosa o que este siguiese indicaciones de su jefa en 'Información Sensible' o de su marido Villarejo. Ello pese a que extractos de esa conversación o su integridad aparecieron un mes después en el citado periódico digital y en otros medios como El Mundo, El Confidencial, Infolibre o Producciones Mandarina.
La consecuencia es que la defensa del 'pequeño Nicolás', tras difundirse la conversación ilegal grabada a los agentes estatales, reclamó sin éxito al juzgado la nulidad de las actuaciones por el presunto complot policial para detenerle y pulir las pesquisas. Una tesis que tampoco compró la instancia judicial superior en apelación.
Del mismo modo, la sentencia de la Audiencia de Madrid recoge que el Iphone 4 del comisario Martín Balas fue dejado semanas antes del 20 de octubre de 2014 en el despacho del Director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía, Eugenio Pino, para reforzar su seguridad ya que en este modelo se había detectado «vulnerabilidades». Sin embargo, el tribunal no apreció causa-efecto ni pruebas de que el dispositivo se manipulara, pese a la conocida relación extraoficial entre Pino y Villarejo que el tribunal tampoco cuestiona por razón de su cargos (se presupone que no van a mentir, viene a decir).
Tampoco creyó la Sala la versión del inspector responsable de la investigación, que acotó la grabación ilegal entre las 17:30 y las 18:45 horas. Una expresión, dice la sentencia, que «no transmite certeza». Incluso los magistrados se llegaron a preguntar por qué este no aportó la fecha y hora del ticket del aparcamiento de los agentes del CNI asistentes a la reunión para dar credibilidad a su tesis, algo que calificaron de «irregular e injustificado».
Ello pese a que el tribunal obvió que revelar datos de un agente secreto puede conllevar un reproche penal salvo que lo autorice el Consejo de Ministros, destacan fuentes jurídicas, que han valorado de forma muy crítica la resolución porque directamente la Sala está diciendo que el inspector tenía que haber delinquido para probar la celebración de la reunión.
Pues bien, pese a que los investigadores policiales aportaron hasta 17 indicios que probarían la vinculación de los acusados con la grabación y su difusión en medios afines para impedir que el 'caso Nicolás' acabase salpicando a Villarejo, ni la Fiscalía de Madrid ni la Abogacía del Estado han decidido recurrir la sentencia, por lo que por omisión han confirmado la absolución del comisario jubilado.
Fuentes de ambas instituciones consideraron que la resolución, las «dudas razonables» del tribunal sobre las diferentes versiones de la grabación ilegal, les deja sin margen de maniobra para llegar al Tribunal Supremo. Pero las fuentes jurídicas consultadas reprochan que ambas instituciones pasen por alto los «errores» y «contradicciones» de la propia sentencia que exonera a Villarejo, y dejen «vendidos» a los agentes afectados por la vulneración de sus derechos.
Tampoco parece casual, añaden las fuentes informantes, el episodio conocido hace unos días de que la representante de la Abogacía en el juicio, Rosa María Seoane, sufrió el robo de documentación de la causa de su vehículo con la vista oral ya comenzada. Un incidente que pasó desapercibido en noviembre y que solo se ha conocido días antes de que su institución rechace recurrir el fallo pese a su contundente escrito de acusación en el juicio. Demasiados interrogantes y ninguna explicación oficial.
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