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Casi cuatro años después de que una célula yihadista asesinara a 16 personas en Barcelona y Cambrils (Tarragona), en el atentado más lesivo desde el fatídico 11 de marzo de 2004 en Madrid, la Audiencia Nacional dio a conocer este jueves la sentencia contra ... los tres procesados por estos hechos. El tribunal de la Sala de lo Penal secundó buena parte del escrito de acusación de la Fiscalía y condenó a 107 de prisión a Mohamed Houli Chemlal, Driss Oukabir y Said Ben Iazza. Los tres están en prisión preventiva desde agosto y septiembre de 2017, respectivamente.
El grueso de la pena recayó en Houli Chemlal (53 años de cárcel) y Oukabir (46 años), a quienes los magistrados consideran a todos los efectos integrantes de la célula de Alcanar (Tarragona) liderada por el imán Abdelbaki Es Satty, fallecido en el estallido de la casa ocupada por la red criminal cuando manipulaban sustancias explosivas.
Es Satty era el ciudadano marroquí que radicalizó desde los primeros meses de 2017, bajo las premisas rigoristas violentas del Daesh (Estado Islámico), a los hermanos Youness y Houssaine Abouyyaqoub, Youssef y Said Aalla, Mohamed y Omar Hichamy y Moussa Oukabir. Todos ellos fueron abatidos por los Mossos d'Esquadra en Cambrils (Tarragona) o fallecieron en la citada explosión de Alcanar, que precipitó la masacre terrorista en Las Ramblas de Barcelona la tarde del 17 de agosto de 2017.
En una sentencia de más de un millar de páginas, el tribunal de la Sección Tercera de lo Penal, presidido por Alfonso Guevara, castigó a Houli Chemlal y Oukabir por delitos de pertenencia a organización terrorista; tenencia, depósito y fabricación de sustancia o aparatos explosivos de carácter terrorista; y estragos en tentativa de carácter terrorista en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave. En el caso del tercer acusado, Said Ben Iazza, fue condenado a ocho años de cárcel por colaborar con la organización terrorista.
La Sala indica que el cumplimiento efectivo de las penas privativas de libertad para los dos principales acusados no excederá, en todo caso, de los 20 años. Asimismo, les absuelve de los delitos de homicidio en tentativa de carácter terrorista y de lesiones, por los que también habían sido imputados por el resto de acusaciones personadas en el causa.
La Fiscalía solicitaba penas de 41 y 36 años de prisión para Houli Chemlal y Oukabir, respectivamente. Por lo tanto, la sentencia cumple sus expectativas, aunque contra este fallo cabe recurso, primero, ante la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional y luego ante el Tribunal Supremo.
La sentencia detalla el grado de participación de los dos integrantes en la célula de Alcanar que siguieron con vida tras los atentados. En el caso de Houli Chemlal, «no hay duda», señalan, de su nivel de integración tanto por la confesión que hizo tras su detención como por su presencia en la casa de Alcanar. En este chalet el grupo almacenaba unos 200 kilos de explosivos de «alto poder destructivo» y mútiples bombonas de butano.
Respecto a Driss Oukabir, hermano de Moussa, abatido en Cambrils por los Mossos, la Sala detalla las pruebas de su implicación de forma pormenorizada. Recoge que las semanas previas al ataque utilizaba medidas de seguridad para pasar desapercibido, «lo que es indicativo de su conducta»; usó un «teléfono conspirativo», adquirido el 4 de agosto de 2017, y que fue activado el día 13 siguiente coincidiendo con su regreso a España tras una breve estancia en Marruecos.
En un cruce de llamadas con su hermano y su mujer, Driss les comenta sus temores: «Ya os explicaré cuando vuelva; ya hablamos cuando vuelva». Moussa le replica: «Tú vente, ponte las pilas. Fuerte. Aprieta». A lo que el condenado contesta: «No hables de eso por aquí, pareces tonto». La Sala también considera probada su participación directa en el plan criminal, ya que es el que alquila una de las furgonetas que se iban a utilizar pese a que trató de proteger su identidad.
Por último, respecto a Said Ben Iazza, la Sala estima acreditado que, pese a no formar parte de la célula, prestó en julio de 2017 a Youness Abouyaaqoub, autor material del atropello en Las Ramblas, su documentación personal y la furgoneta que su tío utilizaba para el negocio de frutería y carnicería que regentaba en Vinaroz (Castellón). Este préstamo pudo ser utilizado para comprar las sustancias de los explosivos.
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