Funerales en Madrid de los dos policías asesinados en Kabul R.C.

Condena al Estado por no proteger a los policías asesinados en la embajada de Kabul

La Audiencia Nacional destaca que los ministerios de Interior y Exteriores de Zapatero y Rajoy desoyeron durante años los informes sobre la vulnerabilidad del recinto

Jueves, 18 de julio 2024, 12:16

Sentencia histórica contra los gobiernos de José Luis Rodríguez Zapatero y Mariano Rajoy por no proteger a sus agentes en las misiones internacionales e ignorar durante años las reiteradas advertencias de seguridad de los especialistas. La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ... ha declarado la responsabilidad patrimonial del Estado por los daños y perjuicios derivados del atentado perpetrado en la Embajada de España en Kabul el 11 de diciembre de 2015 y ha condenado a la Administración a indemnizar a las viudas e hijos de los dos policías nacionales asesinados (Jorge García Tudela e Isidro Gabino San Martín), así como a otros cuatro agentes víctimas de la acción terrorista.

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El eje fundamental de la sentencia que declara la responsabilidad del Estado en esta matanza es que tanto el Ministerio del Interior desde 2009 hasta el momento del atentado (o sea, bajo los mandatos de los socialistas Alfredo Pérez Rubalcaba y Antonio Camacho y del popular Jorge Fernández Díaz) como el de Exteriores (bajo los socialistas Miguel Ángel Moratinos y Trinidad Jiménez y el popular José Manuel García-Margallo) desoyeron por completo los informes previos que advertían de la vulnerabilidad del recinto donde se ubicaba la cancillería y la residencia de los funcionarios que trabajan en la propia embajada.

Por ello, el Tribunal de la Sección Séptima ordena indemnizar a las viudas e hijos de los dos agentes fallecidos en cantidades cercanas a los 200.000 euros y a los otros cuatro policías con sumas que van desde los 128.000 hasta los 190.000 euros.

Los magistrados destacan que desde seis años antes del atentado, el jefe de Protección GEO en Kabul llevaba solicitando medidas urgentes de mejora de la seguridad pasiva de la embajada. Es más, el mando destacaba en sus quejas que el emplazamiento no era el idóneo para la ubicación de ambos edificios.

Esas alertas sobre la evidente vulnerabilidad de la legación-excepto la residencia del embajador que sí se encontraba en la zona de máxima seguridad- se reprodujeron en fechas próximas al atentado. Así, la Sala incluye informes del jefe de Equipo de Seguridad Estática, de agosto de 2014 y 2015, en los que reiteraba el riesgo de atentados y recomendaba actuaciones urgentes para reforzar la seguridad.

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De esos documentos, los jueces extraen la conclusión que señala directamente la responsabilidad de Interior en el atentado : «la total inadecuación del recinto que albergaba las mencionadas dependencias diplomáticas, algo que era manifiesto y había sido puesto en conocimiento de los responsables diplomáticos en reiteradas ocasiones».

Y no solo eso. El fallo también destaca que las deficiencias de seguridad eran evidentes para cualquier potencial terrorista. «La falta de idoneidad del recinto, además, podía ser conocida por cualquier persona que supiera la ubicación de las dependencias diplomáticas españolas, que estaban rodeadas de zona urbana y sin una mínima separación de zonas de tránsito y edificios colindantes», señala la resolución.

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Sin medidas adicionales

Además de la vulnerabilidad del recinto diplomático, la Sala añade que contaba con insuficientes medidas de seguridad para repeler la acción terrorista. Los magistrados señalan que inmediatamente después de producirse la explosión, el equipo de seguridad de las Embajada perdió el control de la situación al carecer de elementos de seguridad adecuados para poder reaccionar con mayor efectividad y entablar una defensa ordenada.

«Es una obviedad que un ataque terrorista, por el factor sorpresa con el que se despliega la acción, y por el incierto desenlace de todo ataque armado, tiene consecuencias imprevisibles, y la muerte de los agentes no puede asegurarse que hubiera podido ser evitada de disponer el recinto de mejores medidas de seguridad. Pero lo cierto es que, de haber existido tales medidas, los escasos efectivos presentes hubieran estado en mejor disposición de defender el lugar, de no haber perdido el control de la situación por las circunstancias ya referidas, de lo que se concluye que se perdió la oportunidad de, al menos, mitigar las nefastas consecuencias del ataque terrorista, y sin duda alguna, se ocasionó a los supervivientes un daño mayor al ver que no pudieron auxiliar a sus compañeros caídos», concluye la resolución.

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