Juan Carlos Campo cuando era ministro de Justicia. EFE

Campo se aparta de deliberar la ley de amnistía y reduce la mayoría progresista del TC

El exministro de Justicia con el Gobierno de Sánchez, hoy magistrado de la corte de garantías y firmante de los indultos a los condenados por el 'procés', se abstiene por su pasado político

Mateo Balín

Madrid

Martes, 3 de septiembre 2024, 13:38

El magistrado del Tribunal Constitucional (TC) y exministro socialista de Justicia Juan Carlos Campo ha decidido apartarse de la deliberación y votación de la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo en relación con el artículo 1 de la ley de Amnistía. El alto ... tribunal consideró que vulnera el derecho constitucional a la igualdad ante la ley, así como los principios de seguridad jurídica y de exclusividad jurisdiccional.

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El TC comunicó este martes la decisión de Campo, quien ha planteado su abstención al presidente Cándido Conde-Pumpido, basada en lo establecido en los artículos 22 y 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) y en los artículos 217 y 219.10a de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). En otras palabras, el magistrado se ha visto obligado a apartarse por su pasado en el Gobierno de Pedro Sánchez y por ser el firmante como titular de Justicia de los indultos parciales a los líderes independentistas condenados en la causa del 'procés'.

Esta abstención será deliberada en el Pleno del Tribunal Constitucional que está previsto para la próxima semana, junto con los demás asuntos del orden del día. Lo lógico es que se acepte el escrito de Campo. Una circunstancia que reducirá la mayoría del bloque progresista en la corte, que en la actualidad es de 7 a 5 magistrados.

El Supremo decidió acudir por primera vez al Constitucional por la Ley de Amnistía al 'procés' por el delito de desórdenes públicos. Los magistrados de la Sala Segunda (Penal) lo hicieron porque tienen la «absoluta convicción» de que la norma vulnera «al menos» el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica.

La Sala que dictó esta resolución el pasado 24 de julio estuvo integrada por el presidente de la Sala Manuel Marchena y los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Antonio del Moral, Carmen Lamela y Leopoldo Puente, que actuó como ponente y llegó a calificar como «golpe de estado» lo ocurrido en Cataluña. Ello pese a que la sentencia de Marchena de octubre de 2019 solo vio un delito de sedición, no de rebelión, y afirmó que el 'procés' fue una «ensoñación».

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