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Golpe de efecto de los tribunales en plena negociación de la ley de amnistía para los implicados en el procés. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ordenó este viernes sentar en el banquillo a los doce miembros de los denominados Comités de ... Defensa de la República (CDR) que fueron detenidos por la Guardia Civil en septiembre de 2019, acusados de preparar una oleada de atentados y sabotajes coincidiendo con la sentencia del Supremo contra los líderes políticos de la intentona secesionista.
El tribunal de calle Génova ha ratificado el auto de conclusión de sumario de la causa del juez Manuel García Castellón. Pero, sobre todo, ha confirmado la apertura de juicio oral contra los imputados por exactamente los mismos graves cargos por los que fueron encausados desde el principio: pertenencia a organización terrorista y tenencia, depósito y fabricación de sustancia o aparatos explosivos inflamables de carácter terrorista.
Se da la circunstancia que esta causa contra los CDR es el sumario penal más grave, al margen de la que afecta al propio Carles Puigdemont y al resto de dirigente huidos del procés, que directamente desparecería si finalmente se aprueba la ley de amnistía que el Gobierno quiere pactar con los independentistas para la investidura de Pedro Sánchez. La decisión de la Sala de lo Penal conocida este viernes, además, supone la confirmación oficial de que la ley de amnistía, si se cierra en los términos ya acordados entre el PSOE y ERC, incluirá delitos de terrorismo.
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En su auto, los magistrados de la Sección Tercera confirman la decisión del juez instructor de la denominada «Operación Judas» practicada en septiembre de 2019 contra un grupo de personas a los que García Castellón vincula con el denominado «Equipo de Respuesta Táctica» (ERT), una célula integrada por individuos de diferentes CDR con gran radicalidad y que pretendían, a través de la violencia, conseguir la independencia de Cataluña.
De acuerdo con el relato de García Castellón, ahora confirmado de facto por la Audiencia Nacional, los miembros del ERT habrían tenido participación activa en algunas de las acciones más contundentes llevadas a cabo por los CDR hasta la fecha, como cortar carreteras, levantar barreras de peajes o verter aceite en el tramo de la C-55 por donde debía pasar la comitiva que trasladaba a los condenados por el procés desde la cárcel de Lledoners.
Pero esas acciones solo eran el principio, porque sus planes eran mucho más ambiciosos. Así, habrían asumido el encargo del denominado 'CNI catalán' para que aportasen la infraestructura logística necesaria a fin de ocupar el Parlament, defenderlo una vez tomado y permanecer allí al menos una semana. Entrarían por la puerta principal, porque supuestamente se les facilitaría el acceso desde el interior, y se comunicarían con el exterior mediante una red de telecomunicaciones indetectable que configurarían ellos mismos.
Varios de los procesados recurrieron ante la Sala de lo Penal la revocación del auto de conclusión de sumario y esgrimieron distintos argumentos, entre otros, solicitaban la práctica de diligencias de investigación que la Sala considera innecesarias en algunos casos y, en otros, explica que se podrán acordar en la vista oral.
Además, en su auto el tribunal rechaza la petición de sobreseimiento formulada por tres de los procesados que alegaban falta de indicios de la comisión de un delito de pertenencia a organización terrorista.
En concreto, el fiscal pidió en su momento sentar en el banquillo a Eduardo Garzón, Esther García, Sonia Pascual, Queralt Casoliva, Germinal Tomás, Alexis Codina, Jordi Ros y Rafael Delgado por delitos de pertenencia a organización terrorista; tenencia, depósito o fabricación de explosivos; y estragos, este último en grado de tentativa.
Respecto a los demás procesados, el Ministerio Fiscal señaló a Ferrán Jolis, Xavier Buigas, David Budria y Clara Borrero únicamente por el delito de pertenencia a organización terrorista
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