Momento del juicio contra el condenado. EFE

Asesino, violador y preso trans bajo la protección de datos

Transparencia avala que Interior niegue información sobre si un preso, que tras matar y abusar de su prima se declaró mujer, está en un módulo femenino

Viernes, 27 de octubre 2023, 20:21

La Administración tiene derecho a ocultar a la opinión pública si un preso varón -peligroso y condenado en firme por delitos extremadamente graves y contra la libertad sexual de las mujeres- ha sido trasladado a un módulo penitenciario femenino, al definirse como transexual y haber ... comenzado su tratamiento para el cambio de género. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), en una resolución sin precedentes y que podría sentar doctrina, ha avalado la decisión del Ministerio del Interior de negar a una asociación feminista información sobre si se ha aceptado o no la solicitud de un trans asesino confeso y violador de ser trasladado a un módulo de mujeres. La resolución del consejo afirma que revelar ese extremo atentaría contra la legislación de protección de datos.

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El caso en cuestión conmovió hace más de cinco años a la sociedad canaria. Jonathan de Jesús Robaina Santana, según los hechos probados de la sentencia, la noche del 4 de junio de 2018 se coló en casa de su prima Vanessa Santana en Betancuria (Fuerteventura), usando una llave que le había robado. Aprovechando que su familiar estaba sola y usando guantes para no dejar huellas, subió a la habitación de su prima, que estaba dormida. Primero la golpeó cerca de 30 veces en la cabeza con un martillo. Luego la asfixió con un cinturón. Y, mientras Vanessa agonizaba (o ya estaba muerta), Robaina la violó y luego eyaculó sobre el cuerpo de su prima. La prueba de ADN implicó sin género de dudas a Jonathan en el asesinato y él acabó confesando la muerte, pero no la agresión sexual.

El 31 de mayo de 2021, el día en que comenzó el juicio contra Robaina en la Audiencia de Las Palmas, el acusado pidió al tribunal, a través de su abogado, que le llamaran Lorena, al tiempo que anunciaba que había iniciado el proceso de cambio de sexo en prisión. De hecho, en el juicio alegó su condición de transexual para negar su atracción por las mujeres e intentar librarse de la condena por delito sexual por el que le pedían: 15 años más de cárcel. Aquel alegato sobre el cambio de sexo para negar la violación de nada le sirvió. La Audiencia le condenó a 41 años, que luego el Supremo, por cuestiones técnicas, redujo a 38 años tras confirmar la agresión sexual.

Aquel anuncio sobre el cambio de sexo, sin embargo, no se quedó en el tribunal. El colectivo feminista 'Alianza Contra el Borrado de las Mujeres', que se muestra muy crítico con muchos aspectos de la ley trans, quiso seguir el caso y conocer si efectivamente Robaina, que se encontraba entonces en la prisión mixta de Las Palmas II, había conseguido el traslado a un módulo de mujeres. Así el 23 de enero de este año, la asociación, en virtud de la ley de transparencia, exigió al departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska que revelara la situación penitenciaria del violador.

Interior, sin embargo, se negó en redondo. Apenas una semana después, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias rechazó la petición alegando que «dada su sensibilidad, los datos específicos de cada supuesto pertenecen a la parcela más íntima y personal de sus titulares, necesitándose su consentimiento expreso para proceder a su publicidad».

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La asociación feminista no se conformó y recurrió el 6 de febrero de este año ante el Consejo de Transparencia. Ante este órgano alegó que debía conocerse si el asesino y violador había acabado en un módulo femenino porque lo que estaba en juego era la «seguridad básica» y «libertades» de las 4.500 mujeres presas en España, un «colectivo de especial vulnerabilidad».

Consentimiento del afectado

Interior volvió a rechazar la reclamación insistiendo en que se estaba solicitando una «información sensible relativa a una persona concreta e identificada» y que la propia ley de transparencia detalla que el acceso a estos datos solo se podrá autorizar «en caso de que se cuente con el consentimiento expreso del afectado o si aquel estuviera amparado por una norma con rango de ley».

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Y ahora, en esta guerra entre las feministas y el ministerio que ya dura todo el 2023, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno zanja que es Interior el que tiene razón al negar cualquier información sobre el destino penitenciario de Jonathan de Jesús Robaina Santana.

El Consejo argumenta que tanto el reglamento de la UE sobre datos personales de 2016 como la española Ley Orgánica de Protección de Datos Personales de 2018 establecen que está prohibido «el tratamiento de datos personales que revelen el origen étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosófica, o la afiliación sindical, y el tratamiento de datos genéticos, datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física, datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o las orientaciones sexuales de una persona física».

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El CTBG recuerda asimismo que la propia ley de transparencia admite a las administraciones la opacidad si la información que se reclama incluye esos datos, entre otros, relativos a la «vida sexual».

«En el caso que nos ocupa es innegable que la información requerida contiene datos relacionados con la orientación sexual que entran dentro del régimen de las categorías especiales de datos personales» regulados tanto en la legislación europea como en la nacional, zanja la resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, dando por buena la decisión de Interior de que nadie sepa si el violador y asesino de su prima está ahora en una cárcel de mujeres.

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