¿Cómo puede y debe defenderse de eventuales ataques contra sus principios, valores y derechos un sistema democrático que, a pie de Constitución, no es militante; es decir, que no solo no exige abrazarlo con convicción, sino que permite, incluso, aquellas expresiones ideológicas que aspiran ... a revertirlo apartándose de él? ¿Y hasta dónde cabe extender ese blindaje cuando repercute sobre los partidos como garantes del pluralismo político? ¿Cabe considerar, de hecho, a los partidos como un actor potencialmente delictivo más?
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Estos interrogantes han regresado al tapete de la convulsa política española tras la elevación del listón por el PP en su enmienda a la totalidad a la ley de amnistía, en la que plasma su compromiso electoral de recuperar la penalización de los referendos de independencia sin amparo constitucional propugnando, por añadidura, «la disolución» de toda «persona jurídica» que incurra en los nuevos delitos de «deslealtad constitucional» que pretende incluir en el Código Penal. El texto alternativo a la norma para el borrado de las causas del 'procés' pactado por las fuerzas del Gobierno y sus socios soberanistas no prosperará, salvo vuelco estratosférico, en el debate de este miércoles en el Congreso. Pero constituye una declaración de intenciones del partido de Alberto Núñez Feijóo dirigido hacia el Gobierno de Sánchez y los independentistas, aun cuando haya distanciado su enmienda del discurso netamente antinacionalista de Vox. Mientras, el debate se mueve en terrenos normativos distintos pero también fronterizos, con el telón de fondo de cómo encarar desafíos soberanistas que fuercen las cuadernas del Estado de derecho.
Feijóo propone resucitar una medida de ida y vuelta desde que el Gobierno de José María Aznar reformó en noviembre de 2003 el Código Penal para responder, entonces, al llamado 'plan Ibarretxe'. El Constitucional avaló el debate y la tramitación parlamentaria del proyecto –el exlehendakari vasco del PNV lo defendió en las Cortes– , pero tumbó un lustro después su pretensión de celebrar una consulta de autodeterminación. Ya presidente, el socialista José Luis Rodríguez Zapatero revocó el castigo de Aznar, pero Pedro Sánchez prometió recuperarlo en la campaña para el 10-N de 2019, cuando aún no dependía del apoyo de los secesionistas. Feijóo lo hace suyo ahora, con un nuevo artículo 545 del Código Penal con penas de cárcel de uno a cinco años.
El PP y el PSOE, cuyos cargos habían sido colocados por ETA en su diana junto a otros colectivos amenazados, promovieron en 2002 una modificación sin precedentes de la Ley de Partidos encaminada a proscribir a Batasuna y sus sucesivas siglas por connivencia con el terrorismo. La norma prevé que una formación será ilegalizada «cuando su actividad vulnere los principios democráticos» y detalla los supuestos de expulsión del marco constitucional. Supuestos pensados para cortocircuitar complicidades partidarias con la violencia, no para para hacer frente –Vox aspira a ello– a un desbordamiento independentista.
Es la vía disuasoria frente a los secesionistas que cree posible activar el PP dentro de una reforma más amplia, que compense «el vaciamiento» de las defensas del Estado de derecho provocado por la supresión del delito de sedición y la rebaja de la malversación pactados por Sánchez con ERC la pasada legislatura a través de un novedoso capítulo VII en el Título XXI, Libro II, del Código Penal orientado a combatir los actos de «deslealtad constitucional». La reforma de 2012, que no fue pacífica en este aspecto, introdujo en el Código la posibilidad de atribuir responsabilidades penales a partidos y sindicatos. Los de Feijóo se apoyan en el artículo 31 bis ya existente sobre las culpas de las «personas jurídicas» para sostener la posible disolución de fuerzas como Junts o ERC en caso de reincidir en el referéndum y la declaración unilateral de independencia. Pero –era el signo de los tiempos– aquella modificación legal estaba pensada para los casos de corrupción y no para el 'procés' que reventaría en 2017.
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