El fiscal general del Estado en la apertura del año judicial. EFE

La Abogacía del Estado pide al Supremo el archivo de la causa al fiscal general

Considera que los indicios de revelación de secretos que abrieron el procedimiento contra García Ortiz y la fiscal jefe de Madrid incluyen «manifiestos errores»

Mateo Balín

Madrid

Miércoles, 6 de noviembre 2024, 19:03

La Abogacía del Estado, en línea con su posición a lo largo del procedimiento, ha vuelto a salir en defensa del fiscal general tras solicitar el archivo de la causa abierta ante el Tribunal Supremo contra Álvaro García Ortiz y la fiscal jefe de Madrid, ... Pilar Rodríguez. Ambos están siendo investigados por un delito de revelación de secretos cometido presuntamente en el marco de la causa por fraude fiscal contra el empresario Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso.

Publicidad

En su recurso de súplica ante la Sala de Admisiones, los servicios jurídicos estatales consideran que las premisas que sustentan los indicios de culpabilidad que recaen sobre la fiscal jefe Pilar Rodríguez y el fiscal general no respetan «la realidad de los hechos documentados en la presente causa». Explican que existe un «evidente y manifiesto error» en la afirmación de que tanto García Ortiz como Rodríguez son sospechosos de filtrar el correo de 2 de febrero pasado entre la defensa de González Amador y el fiscal que le investigaba por delitos fiscales, Julián Salto.

Argumenta que esa sospecha se sustenta en que tuvieron acceso a ese correo «en su caso, además, con el objeto de colaborar en la elaboración y difusión de la nota oficial de 14 de marzo», en la que la Fiscalía trataba de desmentir "bulos" publicados en varios medios sobre el acuerdo entre las partes para reconocer los hechos a cambio de rebajar la pena de prisión. «Además, (...) las primeras publicaciones en prensa que contienen información literal del contenido del referido correo de 2 de febrero, y que presupone su conocimiento y acceso a su contenido, se producen antes de que se remitiera a mi mandante los referidos correos», especifica.

Cronología de un correo

Tras repasar las horas concretas del 13 de marzo en las que varios medios publicaron textuales de ese correo, la Abogacía del Estado explica que esas noticias debieron haber sido objeto de análisis por el Supremo tras recibir la exposición razonada del Tribunal Superior de Madrid, «y en cambio, han sido obviados en su conclusión del presupuesto culpabilístico que determina la apertura del procedimiento» frente a Pilar Rodríguez.

En este sentido, resalta que los primeros medios de comunicación que filtraron el contenido de los correos que mantuvieron el letrado de la defensa de González Amador y el fiscal Salto, «según se desprende del tenor literal de los artículos, obtienen la información de fuentes cercanas a la defensa». «Se advierte que ese indicio es de mínimo poder incriminador, si resulta que en realidad los correos de referencia estaban en poder del afectado, de su defensa, de la Fiscalía y de múltiples medios de comunicación que dijeron ser informados por la defensa del querellante», añade el recurso de los servicios jurídicos dependientes del Ministerio de Justicia.

Publicidad

Del mismo modo, reprocha que «las confrontaciones políticas que justificaron que este asunto saltara a los medios de comunicación y a la prensa» haya sido ignorada «al valorar los eventuales beneficiarios de esa difusión tergiversada, máxime cuando también está acreditado que parte de estas difusiones previas, provenían del entorno de la defensa», en referencia indirecta al jefe de gabinete de Ayuso Miguel Ángel Rodríguez.

Por este motivo, exige que se revise la decisión de la Sala de investigar a ambos, y añade que si Salto declaró que el 13 de marzo a las 22.00 horas envió todos los correos intercambiados con la defensa de González Amador a la fiscal jefe de Madrid y al fiscal general después de que se los requirieran es porque «no los tenían a su disposición cuando ya un medio de comunicación había informado».

Publicidad

«El contenido de la declaración (de Salto) pone de relieve que ni uno ni otra tenían a su disposición los correos electrónicos ni conocían los términos de la conformidad, lo que impedía, a todas luces, haber filtrado cualquier tipo de información antes de que recibieran el correo», añade. Para los servicios jurídicos del Estado resulta «palmario», en definitiva, que «la filtración del correo a los medios de comunicación tuvo lugar con anterioridad» a que su representada recibiera el correo de Salto y, claro, antes de que ella lo enviara al fiscal general del Estado.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

¡Oferta 136 Aniversario!

Publicidad