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europa press
Miércoles, 2 de noviembre 2016, 17:05
El Juzgado de Instrucción 6 de Rubí (Barcelona) ha enviado a prisión sin fianza al violador reincidente Tomás Pardo, conocido como 'el violador de Martorell', por secuestrar, violar e intentar matar a una mujer en Igualada (Barcelona) el pasado sábado.
Según ha informado el Tribunal ... Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), ha acordado prisión provisional comunicada y sin fianza por los delitos de detención ilegal, asesinato en grado de tentativa, agresión sexual, robo con violencia e intimidación y estafa.
La última detención ocurrió después de que, el sábado, el hombre secuestrara a la víctima mientras salía de casa y se la llevara en coche a una zona boscosa de Castellbisbal (Barcelona), y ahí la agredió sexualmente y la hirió con un arma blanca.
Tomás Pardo estaba interno en el Centre Penitenciario de Ponent (Lleida) condenado a 26 años de cárcel por una anterior violación en una zona boscosa entre Martorell y Castellbisbal, la misma área donde ha ocurrido la nueva violación, y tenía un permiso penitenciario de tres días.
El detenido ha comparecido ante la juez la mañana de este miércoles pero se ha acogido a su derecho a no declarar, informan las citadas fuentes.
El Tribunal Supremo no prevé cambios
El presidente del Tribunal Supremo (TS) y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, ha defendido en relación a la agresión sexual de una mujer en Castellbisbal (Barcelona) por un violador reincidente con permiso penitenciario que la ley no debe cambiarse sólo "porque en algún caso lamentable se hayan producido efectos perversos".
"El tratamiento penitenciario tiene un objetivo general que es la recuperación del delincuente, su reinserción en la sociedad, y no podemos prescindir de este tipo de medidas", ha valorado a preguntas de los periodistas tras inaugurar este miércoles en Barcelona el X Congreso sobre Cooperación Judicial de la Red Latinoaericana de Jueces.
Lesmes ha dicho que las normas se proyectan siempre con un carácter general y sólo deben cambiarse en caso de que "de forma reiterada se considere que no es adecuada", en una alusión implícita a la legislación que regula los permiso, los tratamientos y otras cuestiones del ámbito penitenciario.
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