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Melchor Sáiz-Pardo
Miércoles, 30 de septiembre 2015, 14:44
El Tribunal Supremo ha abierto causa contra el senador de Bildu Iñaki Goioaga Llanos por los delitos de integración en organización terrorista, financiación de terrorismo, contra la Hacienda Pública, fraude a la Seguridad Social y blanqueo de capitales.
El juez de la Audiencia Nacional Eloy ... Velasco elevó exposición razonada, el pasado 12 de junio de 2015, en la que pedía que se investigue y se cite a declarar como imputado a Iñaki Goioaga por formar parte con especial relevancia del Colectivo de Abogados BL, que aprovechando su actividad profesional de asistencia letrada, ejerce sus funciones de acuerdo a las directrices de la organización terrorista.
Velasco, en su resolución, daba por buenas las investigaciones que la Jefatura de Información de la Guardia Civil viene desarrollando contra este amplio colectivo de cárceles, en el que se incluye buena parte de los abogados de los reclusos etarras (organización H-Alboka desembocado ya cuatro redadas diferentes (abril de 2010, septiembre de 2013, enero de 2014 y enero de este mismo año) y suman 45 imputados, entre ellos conocidos abogados de la izquierda abertzale como Arantza Zulueta, Ainhoa Baglietto, Alfonso Zenon o Kepa Mancisidor.
Todos ellos, junto a Goioaga, explicaba el instructor, trabajaban a las órdenes de la cúpula de la banda y "anteponiendo los intereses de ETA" a los de los propios reclusos, participaban en su adoctrinamiento, trasladaban las directrices de la organización y facilitaban a la banda información sobre el estado de los reclusos.
Colectivo de Abogados BL
El auto del Supremo conocido hoy, con ponencia del presidente Manuel Marchena, concluye que la exposición razonada describe en detalle toda una serie de indicios de los que se puede inferir que Iñaki Goioaga Llanos pertenece al llamado "Colectivo de Abogados BL", dentro del cual realizaría distintas funciones, tales como rondas o visitas planificadas a los presos de ETA o asistencia a distintas reuniones.
También considera suficientes los indicios que apuntan a que el citado colectivo sería una estructura subordinada e integrada en la organización terrorista ETA a través de KT, integrada en el llamado "Frente de Cárceles".
Las investigaciones realizadas, según el auto, aportan indicios relevantes de la posible existencia de una serie de organizaciones sectoriales, como el Colectivo de Abogados BL, pergeñadas por el conocido como Frente de Cárceles KT, y cuya finalidad sería realizar funciones de control y cohesión de los presos pertenecientes a dicha organización criminal, como a aquellas otras de la llamada izquierda aberzale, integradas en el "Colectivo de Presos Políticos Vascos".
Labor jurídica y política
La Sala afirma que esta organización trataría de llevar a cabo una labor de adoctrinamiento y concienciación ideológica de los presos para que sus decisiones se desarrollen de acuerdo a las líneas estratégicas del "Frente de Cárceles", manteniéndoles de esta forma fieles a los postulados de ETA, que así puede continuar ejerciendo control sometiéndolos a los intereses de la banda terrorista y la consecución de sus objetivos.
De los documentos que hay en la causa se puede inferir, según el auto, que "la labor jurídica del colectivo al que pertenece Iñaki Goioaga Llanos está supeditada a la labor política descrita". También subraya que hay datos que apuntarían que los gastos de la asistencia jurídica a los miembros del EPPK tendrían su origen en Herrira, que está suspendida de sus funciones, y que el valor de los servicios prestados por el colectivo de abogados, en 2012 y 2013, no habrían sido declarados a Hacienda.
La Sala designa instructor al magistrado Miguel Colmenero y acuerda que el resto de la causa, la que afecta a los no aforados, continúe investigándose en la Audiencia Nacional.
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