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Melchor Sáiz-Pardo
Jueves, 16 de julio 2015, 14:30
La titular del Juzgado de lo Social número 31de Madrid, Carmen López, ha desestimado totalmente la demanda por despido improcedente que Luis Bárcenas había puesto contra el Partido Popular. La magistrada, en un tiempo récord pues el juicio fue ayer mismo, niega que el PP ... tenga que resarcir a Bárcenas con los 905.000 euros que le demandaba, en el caso de que no fuera readmitido.
López rechaza la petición de Bárcenas y absuelve a la formación política, básicamente porque el extesorero pidió fuera de plazo su reincorporación, que debía haber reclamado un mes después de que en 2010 dejara de ser senador por Cantabria. Bárcenas, explica la juez, solicitó el reingreso al partido el 26 de marzo de 2015, es decir, "casi cinco años después de haber cesado en el cargo público".
"Y en consecuencia, la negativa de la empresa de fecha 22 de abril d 2015 al reingreso del actor por ser extemporánea es conforme a derecho y no constituye acto alguno de despido tácito; por lo que existe una clara falta de acción por parte del trabajador y procede a desestimar la demanda en su totalidad", apunta el fallo, que puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
La juez da a sí la razón a los populares, que ayer denunció que una condena al partido sería tanto como amparar el «enriquecimiento injusto» del demandante. El PP, ajeno a la anterior sentencia que zanjó que es imposible hablar de despido «en diferido» porque Bárcenas seguía en nómina, insistió en que los 719.502, 99 euros que el partido «asesorado bien o mal»- pagó a su anterior empleado entre 2010 y 2013 fueron su finiquito y que, por lo tanto, no cabe volver a indemnizarle y, mucho menos, readmitirle.
Pero el letrado de los populares, Iván Gayarre, fue más lejos. Tachó la petición de Bárcenas de «extemporánea», dado que el Estatuto de los Trabajadores establece que la reincorporación tras una excedencia forzosa debe reclamarse al mes de acabarse esta, o sea en 2010 cuando dejó de ser senador, y no en 2015. La defensa de Bárcenas, no obstante, aseguró que no pudo hacerlo antes porque su patrocinado estaba en la cárcel y porque fue el fallo del Superior de Madrid el que estableció que el extesorero seguía en «excedencia forzosa». El Partido Popular rebatió estos dos argumentos. Sus letrados recordaron que el imputado desde la cárcel de Soto del Real presentó infinidad de recursos y que perfectamente podía haber pedido su reingreso a tiempo y, sobre todo, los abogados de la formación política insistieron en que la anterior sentencia en modo alguno marca el final de la excedencia, sino su renuncia al acta en la cámara alta.
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