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Mateo Balín
Miércoles, 3 de junio 2015, 19:09
El Tribunal Supremo ha rechazado los recursos de casación interpuestos por 13 de los 15 condenados contra la sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña que impuso penas de entre siete meses y un año y nueve meses de prisión por un delito de ... revelación de secretos con la atenuante de dilaciones indebidas.
La sentencia de instancia declara probado que la joven Noelia C. E., que tenía 21 años en 2004, grabó un vídeo íntimo suyo y creó cuatro archivos para descargarlo en su ordenador. Después borró las imágenes, enviándolas a la papelera de reciclaje, aunque no las eliminó de su equipo. La víctima llevó su ordenador a una tienda de informática del municipio coruñés de Ordes, llamada Ordes Dixital, para que le instalasen una copiadora de discos compactos.
El principal acusado Javier M. B., que trabajaba allí como informático, recuperó los cuatro archivos e hizo copias que repartió entre los otros condenados sin el consentimiento de la joven. Éstos lo difundieron por el pueblo y a través de Internet. Según los hechos probados, se repartieron copias en la piscina municipal y se hicieron proyecciones en la cocina de una bodega, en una gestoría y en las dependencias de Protección Civil y Bomberos de Ordes.
Un hombre ha sido condenado a tres años de prisión y ocho de alejamiento por abusar sexualmente de una menor durante tres años en Dénia, entre 2008 y 2011, bien en su coche bien en un piso deshabitado del que tenía llaves. Así se establece en una sentencia dictada el pasado 5 de mayo por la sección segunda de la Audiencia de Alicante.
El acusado, identificado como W. L. G. V., de nacionalidad ecuatoriana, inició una relación con la niña cuando ésta cumplió 10 años durante la que la desnudó en diversas ocasiones para besarla y tocar partes íntimas de su cuerpo, y después de que cumpliera los 13 años mantuvo con ella relaciones sexuales completas, aunque consentidas por la víctima.
Los magistrados fundamentan la condena en el relato de lo sucedido que hizo la chica en el juicio, que consideran totalmente creíble y "poco compatible con una historia fabulada" y que ha mantenido durante todo el procedimiento.
En ello aparecía con el rostro a la vista masturbándose y con pinzas en los pezones. Alertada por unas amigas, la víctima denunció los hechos en la Guardia Civil y se vio obligada a cambiar de residencia, además de sufrir daños psíquicos por estrés cronificado que se reinstaura y tiene carácter permanente, lo que afecta a sus relaciones sociales.
La sentencia del Supremo ha explicado que en el contexto en el que se produjeron los hechos, una pequeña localidad, donde todos se conocen, la realización de actos de divulgación del archivo constituye "una conducta que desde nuestro contexto cultural es tenida como afrentosa a la intimidad del sujeto perjudicado".
Los 13 acusados deberán de abonar, además, una multa que oscila entre los 45.600 y los 55.600 euros a la joven, que ahora tiene 32 años. La sala recuerda que las sanciones económicas son por el perjuicio generado a la intimidad, ya que el vídeo de la antigua vecina de Ordes aún se encuentra en diversas páginas de Internet.
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