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Mateo Balín
Miércoles, 6 de mayo 2015, 13:30
El Supremo ha abierto la puerta a que la Audiencia Nacional juzgue el asesinato de los seis jesuitas españoles en El Salvador en noviembre de 1989. La Sala de lo Penal ha reconocido la competencia de la jurisdicción de los tribunales españoles para que sigan ... conociendo estos hechos porque, de un lado, alguna de las víctimas tenía la nacionalidad española, además de la salvadoreña, y, de otro lado, hay indicios suficientes de que el proceso penal desarrollado en su día en El Salvador no garantizó el castigo y persecución efectiva de sus responsables. Es decir, ha admitido que el juicio fue un fraude.
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En un auto del que ha sido ponente el presidente de la Sala Penal, el magistrado Manuel Marchena, el Supremo ha entendido que el juez Central de Instrucción número 6, Eloy Velasco, pueda abrir juicio oral contra los militares procesados por el asesinato de Ignacio Ellacuría, otros cinco sacerdotes jesuitas, la empleada del hogar Julia Elba y la hija de ésta, Celina.
Según la querella, el crimen fue cometido por miembros de un batallón del Ejército salvadoreño siguiendo un plan concebido en la sede del Estado Mayor del Ejército, del que serían responsables el entonces ministro de Defensa Rafael Humberto Larios y otros 19 militares.
El Supremo analiza la aplicación al caso de la reforma de la justicia universal introducida en la Ley Orgánica del Poder Judicial en marzo de 2014, que establece que los delitos a los que se refiere la reforma no serán perseguibles en España si se ha iniciado un procedimiento en el Estado donde se hubiesen cometido los hechos, salvo que dicho Estado, en este caso El Salvador, no esté dispuesto a investigar o no pueda realmente hacerlo.
Presiones
La sala destaca que existen indicios serios y razonables de que el proceso penal seguido en El Salvador no pretendió realmente que los responsables de los hechos fueran castigados, sino, más bien, su sustracción a la justicia, todo ello acompañado de la ausencia de las garantías necesarias de independencia e imparcialidad. En ese sentido, el juez Velasco destacó en su exposición razonada las dilaciones por parte de la Comisión de Investigación de Hechos Delictivos en obtener documentos parte de los cuales pudieron así ser destruidos--; la ocultación de datos al juez instructor por parte de dicha Comisión; la renuncia de los fiscales del caso porque el fiscal general les ordenada no impulsar el procedimiento; las presiones externas durante el juicio oral; o las amenazas denunciadas por los miembros del jurado.
A tal efecto, la resolución señala que todas esas circunstancias fueron corroboradas en el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de diciembre de 1999. Estados Unidos ha accedido a la entrega a España de uno de los procesados detenidos allí por un asunto de inmigración. Se trata del coronel Inocente Orlando Montano.
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