Mateo Balín
Martes, 2 de diciembre 2014, 12:25
La Sala Segunda o de lo Penal de Tribunal Supremo ha decidido por unanimidad que sea el auto de apertura de juicio oral el que determina la imposibilidad de una renuncia del aforamiento con efectos procesales.
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El asunto fue llevado a Pleno en relación, entre ... otros asuntos, al recurso de la Fiscalía Anticorrupción contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Valencia en el 'caso Fitur', derivada de Gürtel, de remitir a la Audiencia Provincial el enjuiciamiento del caso tras la renuncia a su acta de diputadas autonómicas de dos acusadas, después de que el tribunal superior hubiese señalado ya el inicio de la vista oral.
Con el pronunciamiento de hoy de la Sala de lo Penal, los aforados no tendrán opción a renunciar a su fuero una vez que se haya dictado auto de apertura de juicio oral contra ellos.
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