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Las nuevas normas para desplazarse en patinete y bici eléctrica explicado por la DGT

En 2020 se registraron 8 fallecidos que viajaban en vehículos de movilidad personal, 7 de ellos en ciudades y 1 en vías interurbanas, carreteras donde está prohibido su uso

S. M.

Viernes, 22 de abril 2022, 17:10

Los vehículos de movilidad personal, tal y como establece el Reglamento General de Vehículos, son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 ... y 25 km/h. Solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado. Esta definición excluye a los vehículos para personas con movilidad reducida.

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