Un joven paseaba el viernes a su perro por el logroñés parque de Los Enamorados. Fernando Díaz

La norma que le deja llevar el perro a su boda

La ordenanza de la capital riojana sobre mascotas incluye desde el 'sacrificio cero' al acceso a edificios municipales

MARÍA JOSÉ LUMBRERAS

Sábado, 26 de noviembre 2022

Si usted ha pensado casarse y que su mascota le acompañe en el momento crucial, la nueva ordenanza de animales, cuyo trámite se acaba de iniciar, contempla la posibilidad. Para eso, claro, la boda deberá ser civil y habrá que comunicar el deseo a la ... unidad municipal correspondiente. También podrá, por ejemplo, llevar a su perro a pagar una multa siempre y cuando sea a un edificio de la Administración local. Para ello, deberá usar una correa corta, de no más de 50 centímetros. No queda otra.

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Y ello porque la norma, que ya ha pasado por la Junta de Gobierno local, pero a la que aún le quedan unos cuantos meses de recorrido administrativo hasta que pueda entrar en vigor, prevé que los animales de compañía puedan acceder a los edificios públicos municipales que presten servicios de naturaleza administrativa -no a la biblioteca ni a los centros jóvenes ni a los polideportivos...-, si bien esta circunstancia se especificará en un cartel informativo a la entrada.

Ni transporte urbano ni hostelería. Lo que también dice esta regulación es que, si bien su perro podrá ir a la ceremonia, no podrá acudir a la celebración del convite en un restaurante. «Cuestiones de especial trascendencia», según reconoce el texto, como el transporte en medios públicos o la entrada y permanencia en establecimientos públicos de restauración, no quedan reguladas. ¿Por qué? Porque también están sujetas a normativa sectorial, estatal, autonómica y local, dice. No se descarta que, con tiempo, haya que añadir estos apartados porque ya se está viendo cómo podría ser ese acceso a los autobuses urbanos.

«En caso de necesidad, identificación genética». Lo primero que se tiene que hacer con una mascota es dotarla de identificación e inscribirla en los registros y censos correspondientes, dice la norma. ¿Cuándo? Antes de que tengan tres meses. Habrá que notificar a través de veterinario cualquier cambio en la situación registral del animal: venta, cesión, traslado permanente o temporal o baja por muerte, en este caso, con certificado que diga la causa y si presentaba signos de violencia o no. Si el animal se pierde o lo roban, deberá comunicarse a la Policía Local porque, de otra forma, será abandono. Si atropella una mascota, si encuentra una herida..., siempre, a la Policía Local. ¿Hay registro de ADN, tan mencionado en otros intentos de modificar la ordenanza? En la norma que está sobre la mesa, el Ayuntamiento se reserva la posibilidad. El texto dice que el Consistorio podrá establecer reglamentariamente, en caso de necesidad, por un lado, la identificación obligatoria de las especies por razones de su protección, seguridad... y, por otro, la implantación de métodos de identificación genética (ADN o análogos) de los animales designados. Nada más.

Nada de terrazas, balcones, garajes o pabellones. Parte de las disposiciones que recoge esta ordenanza tiene que ver con la ley autonómica de 2018 porque Logroño no tiene adaptada su norma a la misma. De ahí viene, por ejemplo, la prohibición que figura de alojar a los animales en balcones, terrazas, azoteas, garajes, pabellones, sótanos, trasteros o cualquier otro local o terreno urbano «inadecuado» en lo higiénico-sanitario y de bienestar. Se prohibe también exhibirlos en escaparates y en locales de ocio o diversión, usarlos en concursos, actividades culturales y religiosas, fiestas populares y otras actividades que pongan en riesgo su salud si implican crueldad, maltrato, trato vejatorio o muerte. Las luchas o peleas organizadas, depositar cadáveres en la calle, llevar a los animales atados a vehículos a motor en marcha... Y también se prohibe, ahora ya vía ordenanza, la instalación de circos con animales, si bien hace años que Logroño no los permite. Para los casos de desfiles y cabalgatas, los organizadores deberán presentar una solicitud de autorización con la previsión de participación, indicando especie y cantidad.

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Ni juegos infantiles, ni calistenia, ni pistas multideportivas. Que los animales no pueden entrar ni permanecer en zonas públicas dedicadas a juegos infantiles ya figura en la norma en vigor, pero ahora se añaden las dedicadas a calistenia -para hacer ejercicio con el peso corporal-, biosaludables -para mayores- y pistas multideportivas. Todas estas zonas nuevas no existían no hace tanto. También recoge que no se permite que los animales beban directamente de los grifos o caños de agua de uso público para personas.

Licencia municipal para los perros potencialmente peligrosos. Por calles, parques y plazas, los perros deberán ir con collar o arnés. No podrán estar sueltos salvo en las franjas horarias y estacionales dispuestas para ello y en las zonas de esparcimiento canino. La norma mantiene las directrices sobre los perros potencialmente peligrosos, que deberán disponer de una licencia municipal de cinco años de validez, así como un seguro por daños a terceros de 120.000 euros.

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La botella de agua para limpiar los orines. Uno de los asuntos que más afecta a la convivencia tiene que ver con orines y excrementos. Un adelanto ya se ha dado con la última campaña que dice dónde se puede y dónde no. La norma prohibe que se usen fachadas de edificios y locales y mobiliario urbano, que las heces se recojan con bolsa impermeable y que, para los orines, se lleve una botella de agua con la que limpiar después.

'Sacrificio cero' explícito. El texto recoge expresamente el 'sacrificio cero' diciendo «se prohibe expresamente toda muerte inducida en los centros de protección animal, ya sean públicos o privados, clínicas veterinarias y núcleos zoológicos en general, por cuestiones económicas, de superpoblación, carencia de plazas o imposibilidad de hallar adoptante en un plazo determinado». También se prohíbe el sacrificio de animales de compañía y solo se llevará a cabo la eutanasia justificada bajo criterio y control veterinario por enfermedad o heridas incurables o por motivos de sanidad animal, de seguridad de las personas o animales o de existencia de riesgo para la salud pública o medioambientales debidamente motivados». Si la ley regional da un plazo para el 'sacrificio cero' hasta 2024, Logroño lo viene aplicando desde 2020. Además, la gestión de las colonias felinas se prevé, preferentemente con asociaciones colaboradoras.

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La primera actuación, en el parque de Los Enamorados

El texto para la nueva ordenanza recoge el funcionamiento de las zonas de esparcimiento canino. Las nuevas, las nueve que están a punto de construirse. Las obras empiezan esta semana por la del parque de Los Enamorados, junto a Valdegastea. Las actuaciones las va a llevar a cabo la empresa Eduardo Andrés, S.A. por 384.724 euros (IVA incluido) y la intención es que estén acabadas en la primavera de 2023. Hasta el momento, Logroño solo dispone de cuatro parcelas dotacionales, además del soto inundable del Ebro, que, una vez valladas, se habilitaron para poder dejar sueltos los perros sin restricción horaria, pero que no tienen más acondicionamiento o mobiliario. Las nueve zonas están distribuidas por toda la ciudad, en fincas ubicadas en el parque de La Ribera, el parque de la Concordia, el parque de los Enamorados, el parque de San Miguel, el parque Rosalía de Castro, la plaza Primero de Mayo, el parque Gallarza, el parque del Carmen y la plaza de las Chiribitas.

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