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Desde este martes día 2 sí se podrá entrar al Ayuntamiento de Logroño a realizar alguna gestión administrativa acompañado de la mascota. Y también podrá, quien lo desee, llevar de boda a su perro siempre que se celebre en la casa consistorial.
Tras tantos ... años de intentos, entra en vigor la nueva ordenanza de animales y tiene estas cosas y otras muchas, como la revisión de la cuantía de las multas. La correspondiente a una infracción leve, como la que afecta a la limpieza, pasa de 150 a 750 euros, las graves irán desde 751 hasta 1.500 euros –hasta 450 aún hoy– y las muy graves serán de 1.501 hasta 3.000 euros, cuando la más alta de la ordenanza que hoy decae es de 901. ¿Cuáles son las infracciones leves? Por ejemplo, incumplir la obligación de recoger y limpiar con agua las deyecciones y de que los animales beban directamente de los grifos o caños de agua de uso público para personas, así como depositar o esparcir azufre u otras sustancias no autorizadas en la vía pública usadas como método repelente de animales.
La cuantía tendrá que ver con la intencionalidad, la trascendencia social o sanitaria y perjuicio causado, el ánimo de lucro, la importancia del daño causado o la reincidencia, según establece la nueva norma, que terminará de completarse mañana mismo con una resolución de Alcaldía que concretará cuándo y cómo poder soltar a los perros.
Las nuevas disposiciones mantienen el Pozo Cubillas y el soto inundable del parque del Ebro como zonas donde se pueda acudir con los canes sin límite de horas. Aparecerán, sin embargo, por primera vez, espacios en los que no se podrá tener sueltos a los animales en ningún momento. Tales son los casos de Gallarza, Chiribitas o El Carmen, plazas con especial conflicto en este aspecto. La prohibición en estos parques –cuya relación completa figura en el gráfico adjunto– tiene que ver con la apertura de zonas de esparcimiento canino en las mismas. Y ahí sí. La misma ordenanza señala estos lugares, en pleno proceso de apertura por parte del Consistorio, como los lugares en los que poder soltar a los perros.
El mapa se completa con otra lista de parques y plazas –que también detallamos arriba– a los que se podrá ir a que se ejercite el animal, excepto los clasificados como potencialmente peligrosos, desde las 20.00 horas en invierno y desde las 22.00 en verano, en los dos casos, hasta las 08.00 horas.
La circulación por las calles, plazas y parques públicos de animales deberá realizarse, en cualquier caso, con collar o arnés y sujetos con cadena, correa o cordón resistente, mucho mejor que la correa extensible, más en zonas especialmente transitadas.
Más novedades que incorpora la ordenanza de animales: la prohibición expresa del sacrificio de mascotas y la regulación de las colonias felinas poniendo a perros y gatos en el centro. El texto recoge el 'sacrificio cero' diciendo que «se prohíbe expresamente toda muerte inducida en los centros de protección animal, ya sean públicos o privados, clínicas veterinarias y núcleos zoológicos en general, por cuestiones económicas, de superpoblación, carencia de plazas o imposibilidad de hallar adoptante en un plazo determinado».
También se prohíbe el sacrificio de animales de compañía y solo se llevará a cabo la eutanasia justificada bajo criterio y control veterinario por enfermedad o heridas incurables o por motivos de sanidad animal, de seguridad de las personas o animales o de existencia de riesgo para la salud pública o medioambientales debidamente motivados. Si la ley regional da un plazo para el 'sacrificio cero' hasta 2024, Logroño lo viene aplicando desde 2020.
El texto no incluye disposiciones ni para el transporte en medios públicos o la entrada y permanencia en establecimientos públicos de restauración. No se descarta que, con tiempo, haya que añadir estos apartados.
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