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Javier Campos
Jueves, 19 de marzo 2015, 21:49
El Ayuntamiento de Logroño debe, pero también le deben... La deuda de la Administración local se sitúa en los 53,5 millones de euros tras la liquidación presupuestaria correspondiente al pasado ejercicio, una cantidad que se vería reducida en hasta 19 millones de ... euros si las arcas municipales ingresasen lo que los logroñeses adeudan a su municipio. Tal era la cantidad pendiente de cobro, es decir, la morosidad acumulada -y que se viene arrastrando de ejercicios anteriores-, a 31 de diciembre del 2014, siempre según los datos de la Concejalía de Hacienda y Administración Pública.
Calendario y vencimientos
5 de marzo del 2015
Vados Tasa por entrada de vehículos / Ejercicio 2015
7 de abril del 2015
Agua Tasas por servicios y canon de saneamiento / Segundo semestre 2014
5 de mayo del 2015
IVTM Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica / Ejercicio 2015
6 de julio del 2015
Terrazas de veladores Tasa por ocupación de terrenos con mesas y sillas / Ejercicio 2015
IBI Impuesto sobre Bienes Inmuebles (urbanos) / Primer plazo ejercicio 2015
5 de octubre del 2015
Agua Tasas por servicios y canon de saneamiento / Primer semestre 2015
9 de diciembre del 2015
IBI Impuesto sobre Bienes Inmuebles (urbanos) / Segundo plazo ejercicio 2015 - Impuesto sobre Bienes Inmuebles (rústicos) /Ejercicio 2015 (completo).
IAE Impuesto sobre Actividades Económicas / Ejercicio 2015
La memoria de recaudación relativa al 2014 refleja, en cualquier caso, que hasta el 93,5% de los contribuyentes saldan sus recibos dentro del plazo reglamentario, es decir, en período voluntario. Una vía que supuso 60,8 millones de euros durante el pasado año, a los que se sumaron los hasta 5,5 recaudados en ejecutiva -con recargos del 5%, del 10% y hasta del 20%- procedentes de ejercicios pasados, que en la práctica hace que la cantidad se aproxime a los casi 68 millones de euros de cobro emitidos -girados- en el 2014.
Lo pendiente, según explica la concejala de Hacienda y Administración Pública del Ayuntamiento de Logroño, Mar San Martín, «no quiere decir que no se vaya a cobrar», pues, tal y como precisa, «por morosidad solo se entiende no pagar dentro del plazo establecido para ello, sea vía voluntaria o ejecutiva» y «siempre hay opciones para saldar la deuda». «La oportunidad de ponerse al día con la administración nunca se cierra», concluye.
Logroño registró una morosidad media del 3,72% en el 2014, tasa muy similar a la de años anteriores, según pone de manifiesto la concejala del ramo. «No nos parece preocupante siempre y cuando cumplamos el objetivo de mantenernos en torno al 94% de recaudación en período voluntario, es decir, con el calendario del contribuyente y sus vencimientos en la mano».
Multas, sanciones...los problemas
«La recaudación ha venido siendo constante pese a que han sido años marcados por la crisis económica, lo que demuestra que, como siempre decimos, los logroñeses son buenos pagadores y cumplidores con su administración, lo que nos lleva a pensar que la presión fiscal no se valora negativamente y es conforme a la calidad de los servicios que se prestan», argumenta San Martín.
La cifras, en cualquier caso, precisan de una observación para evitar caer en la confusión. Y es que si en cuanto a recibos se refiere la tasa de impagos se mantendría más o menos constante a lo largo del tiempo, las dificultades para hacer frente a los compromisos con la Administración llegarían en esas denominadas liquidaciones no periódicas y en todo lo relativo a multas y sanciones con las empresas a la cabeza. Al respecto, destacar que mientras el IBI supera un 95% en recaudación voluntaria, la tasa de terrazas y veladores desciende hasta el 72,55%.
La maquinaria municipal para gestionar el cobro de las cantidades pendientes en vía ejecutiva se inicia si una vez vencido el plazo de pago voluntario el contribuyente no satisface el requerimiento: es una vez que la deuda no se ha saldado dentro de ese segundo período cuando se inicia el procedimiento de apremio.
En este sentido, el Ayuntamiento de Logroño remitió el pasado ejercicio 57.899 cartas recordatorias de deuda, tramitando durante los mismos 12 meses hasta 66.506 providencias de apremio. Si el deudor sigue sin dar señales de vida ni tan siquiera manifestando su intención de saldar la deuda, se podría llegar incluso al embargo. 33.288 fueron las diligencias de embargo tramitadas en el 2014. El año pasado se cerró en esa línea con 673 embargos de cuentas corrientes -y salarios-; 190 embargos de inmuebles, 48 de vehículos, y hasta 15 tramitaciones de cortes de agua a locales.
Porcentajes
¿Y qué pasos puede seguir el Ayuntamiento si no se paga?
Primero, las cartas recordatorias: es el nicio del procedimiento (primer paso) para saldar un impago con la Administración.
Segundo, providencias de apremio: se trata de una notificación en la que se indica la existencia de una deuda por no haber pagado
Tercero, las diligencias de embargo. Las actuaciones se realizan mediante la diligencia de embargo y su notificación
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