Qué ha ocurrido en el caso de las bebés intercambiadas en Logroño

El caso de las bebés intercambiadas al nacer en el Hospital San Millán en 2002 se enreda en una madeja de reclamaciones, que llegan hasta el Supremo, con una única certeza: «El daño es irreparable»

Carmen Nevot

Logroño

Domingo, 8 de octubre 2023

Hace dos años apareció por primera vez en las páginas de este diario la historia de las dos bebés intercambiadas al nacer. La pluma del periodista Luis Javier Ruiz describió en 2021 un suceso ocurrido 19 años atrás en el antiguo hospital San Millán que ... conmocionó a medio mundo, convirtió a La Rioja en el epicentro informativo nacional e impactó en los cimientos de la vida de dos jóvenes cuyas vidas se desmoronaron. Nada de lo que habían dado por sentado hasta entonces era real. Un fatal error había cruzado sus vidas. Desde aquello hasta ahora la madeja de reclamaciones para resarcir el que el Consejo Consultivo calificó de «daño irreparable» ha ido creciendo en un intrincado camino de trámites administrativos que han discurrido en paralelo a los procedimientos judiciales emprendidos.

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Pero para entender el presente hay que remontarse al pasado, al momento en el que la vida de las pequeñas saltó por los aires. Era 2017 y María –no es su nombre real– tenía 15 años. La persona que consideraba su abuela, que a la vez era su tutora legal por la discapacidad que tenían sus padres, interpuso una demanda de alimentos contra el pretendido progenitor. El hombre se negó rotundamente alegando que María no era su hija.

La magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 1, que sospechaba que podía ser una argucia del padre para esquivar sus obligaciones, ordenó que se sometiera a unas pruebas de ADN. La confirmación llegó poco después: no había vínculo genético entre los dos. El mismo test revelaría más tarde que su madre tampoco era su madre biológica. ¿Quién era María entonces? En 2018, una vez que el juzgado le concedió el beneficio de la mayoría de edad, se dirigió a Salud en busca de respuestas. Tras una ardua investigación, la inspección médica del Gobierno de La Rioja, dependiente de la Dirección General de Aseguramiento y Acreditación de la Consejería de Salud emitió, en julio de 2019, una información reservada con las claves de lo ocurrido, el momento exacto en el que las vidas de las recién nacidas se cruzaron.

La conclusión fue que al poco de nacer en el antiguo hospital San Millán, María fue entregada a una madre equivocada, y a la que debía haber sido su casa fue a parar Ana, la otra niña que había nacido el mismo día que ella con tan solo cinco horas de diferencia. Una veía la luz el 13 de junio de 2002 a las 13 horas y la otra, ese mismo día, pero a las 18.15. ¿Qué había ocurrido? Las dos niñas fueron trasladadas directamente desde el paritorio hasta la unidad de Neonatología donde fueron colocadas en incubadoras consecutivas, la 1 y la 2. Al día siguiente, el personal de la unidad trasladó a las dos recién nacidas de las incubadoras 1 y 2 a las cunas 6 y 7. La bebé que ingresó en la incubadora 1 tiene anotado al día siguiente que sale de la incubadora 2 a la cuna 7 y en la anotación de la pequeña de la incubadora 2 aparece que sale de la 1 a la cuna 6. Días después les dieron el alta y sin pasar por la habitación, cada una fue entregada a los padres de la otra directamente desde la unidad de Neonatología.

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Con la certeza de que nada era como lo había creído hasta entonces, en 2020, la representación legal de María, José Saez Morga, y el Ministerio fiscal iniciaron un nuevo procedimiento ante el Juzgado de Familia para que fuera reconocida la filiación entre María y sus padres biológicos. Lamentablemente, no llegó a conocer a su madre, había fallecido en 2018.

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En noviembre de 2021, mediante sentencia, y sin que el padre se opusiera en ningún momento a admitir la paternidad, fue reconocida la filiación. De hecho, el juzgado ordenó la correspondiente modificación en el Registro Civil, con todos los efectos que dicha inscripción implicaba.

La filiación de Ana

Lo que no había trascendido hasta el momento de aquel litigio es que en aquella primera demanda María también reclamó que le fuera impugnada la filiación a Ana, es decir, que no fuera reconocida como hija de las personas con las que se había criado. Esta última petición fue desestimada en primera instancia, luego en la Audiencia Provincial y esta misma semana, y tras recurrir en casación, en el Tribunal Supremo. El alto tribunal rechazó la solicitud de desvincular de la familia a quien no era la hija biológica. La demandante, reza el fallo judicial, no está legitimada para exigir que la otra joven, criada en esa familia, deje de serlo.

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Disconforme con el fallo, aunque lo acatarán, Saez Morga remitió al Consejo General de la Abogacía, también esta semana, y a petición de la organización colegial, un escrito mostrando su desacuerdo: «Se echa de menos en la sentencia un enjuiciamiento más cercano al caso y apartado de las perspectivas normales sobre casos que derivan de relaciones humanas e hijos no matrimoniales que inspiran una contemplación normativa diferente para progenitores, progenitoras y descendientes».

En paralelo a este procedimiento, la representación legal de María presentó en junio de 2019 y ante la Consejería de Salud una reclamación de responsabilidad patrimonial por una cantidad poco habitual. Se solicitaban 3.005.060,52 euros, el máximo recogido en la Ley de Defensa de Consumidores y Usuarios para las indemnizaciones en el ámbito sanitario. La reclamación, dijo entonces José Saez Morga, letrado de la joven, se basó en el «daño moral inconmensurable y continuado que ha sufrido mi clienta y que estará presente durante toda su vida».

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«Soportar las consecuencias»

La Administración, antes de pronunciarse, decidió suspender el proceso a la espera del resultado de las pruebas de ADN. Para entonces, la investigación interna de la Consejería de Salud no sólo había concluido ya que el intercambio existió, sino que ya tenía redactada una primera propuesta de resolución. El informe provisional sostenía que no existe un nexo causal entre el intercambio de 2002 y la situación de la joven, que no se trata de un hecho antijurídico y que, además, la joven tiene la obligación de soportar las consecuencias. No obstante, le ofrecía subsidiariamente 215.000 euros.

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Una vez que desapareció la causa que justificó la paralización, –la Administración ya tenía la confirmación oficial del intercambio con el resultado de las pruebas de ADN– Salud tuvo que retomar de nuevo el procedimiento y, como es preceptivo en los casos en los que la reclamación supera los 50.000 euros, solicitó un dictamen al Consejo Consultivo. Aunque el contenido no trascendió hasta dos meses después, el 22 de julio de 2022 el órgano asesor emitió un informe por unanimidad. Calificó la lesión «de una innegable gravedad» y se mostró «plenamente consciente» de que ninguna indemnización, por elevado que sea su importe, podría reparar el daño sufrido «pues nunca sería capaz de situarle en una situación igual a aquella en la que se encontraría si la lesión no hubiera tenido lugar». A sabiendas de ello, fijó la indemnización en 850.000 euros.

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En septiembre, el Consejo de Gobierno, siguiendo la recomendación del Consultivo, aprobó dar esa misma cantidad a la víctima del fatal error. La aseguradora de la Administración, tras varios requerimientos, hizo el pago íntegro a la joven. Para entonces, el abogado de María ya había acudido al Juzgado de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) para reclamar 3.005.060,52 euros.

Del no a reconsiderar el sí

Dos meses después, las supuestas abuela y madre de María, en realidad, abuela y madre biológicas de Ana, presentaron una reclamación patrimonial, por 1,3 millones de euros cada una, ante la Consejería de Salud. En un primer momento, se desestimó por «pretendida extemporaneidad» y el pasado mes de septiembre, la Administración comunicó al abogado que estaba reconsiderando su petición. Además, la progenitora biológica de Ana ha presentado una demanda ante el Juzgado de Familia de Logroño para que la joven sea reconocida como su hija a todos los efectos legales.

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Y¿qué pasos está dando Ana? Al igual que María, presentó una reclamación patrimonial por el enorme daño infligido. En su caso, a través de su abogada, Alicia Redondo, que siempre se ha mantenido en un discreto segundo plano, solicita 3.005.060,52 euros para la joven, 1.147.879,65 euros para su supuesto padre y 200.000 para el joven que consideraba su hermano biológico. Aunque aún no ha trascendido el contenido, el Consejo Consultivo ya ha emitido el preceptivo informe y el Gobierno tramita en estos momentos la reclamación para dar una respuesta a la joven.

Sobre la mesa quedan demasiadas preguntas sin respuesta para un daño que, como bien describió el Consejo Consultivo, es «imposible ya de revertir». La actuación administrativa vulneró el derecho a la intimidad familiar de la pequeña «del modo más intenso que se pueda imaginar».

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