la rioja
Martes, 4 de agosto 2020, 10:41
La Guardia Civil de tráfico de La Rioja ha denunciado al conductor de un patinete tras haber sufrió un accidente de circulación en Ribafrecha bajo los efectos del alcohol. Se trata de un hombre de 30 años, de nacionalidad española y residente en un municipio ... riojano.
Publicidad
Los hechos ocurrieron sobre las 2:15 horas del pasado 13 de junio, cuando agentes del equipo de Atestados llegaron a la calle Parras de Ribafrecha, debido a un accidente por caída en la calzada del conductor de un patinete o Vehículo de Movilidad Personal, cuyo conductor resultó herido.
La Guardia Civil explica en una nota que el conductor presentaba síntomas de embriaguez, pero como no pudo ser sometido a las pruebas de detección alcohólica por el método de aire espirado al ser trasladado al hospital, los agentes solicitaron al centro sanitario que se realizase una analítica para poder determinar la presencia en sangre de alcohol o de otras sustancias estupefacientes.
El laboratorio de referencia de la Dirección General de Tráfico ha confirmado que el conductor del VMP el día del accidente circulaba bajo los efectos de bebidas alcohólicas, con una tasa de alcohol en su organismo de 1,19 gramos por litro de sangre, por lo que se ha tramitado la correspondiente denuncia que lleva aparejada un sanción económica de 1.000 euros.
La Guardia Civil informa a los usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP) de algunos de los comportamientos indebidos que son objeto de denuncia:
Publicidad
Alcohol y drogas. Tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, siendo sancionados, con la misma cuantía económica que si condujeran otro vehículo, en caso de sobrepasar las tasas de alcohol la sanción sería de 500 o 1.000 euros. Si el conductor da positivo, el VMP se inmoviliza, tal y como ocurre con el resto de vehículos.
Uso de teléfono móvil. Al tratarse de conductores de vehículos, tienen prohibido conducir haciendo uso manual del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación. La sanción sería de 200 euros.
Publicidad
Auriculares. También tienen prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. En este caso la sanción es de 200 €.
Aceras y zonas peatonales. Tienen prohibido la circulación por aceras y zonas peatonales, ya que el artículo 121 del RGC prohíbe la circulación de cualquier vehículo por las aceras (excepto a monopatines, patines o aparatos similares que lo hagan exclusivamente a paso de personas). La sanción es de 200 €.
Sin pasajero. Los VMP y demás vehículos ligeros propulsados eléctricamente sólo autorizan para transportar a una persona, por lo que la circulación de dos personas en VMP es sancionable con 100 euros.
Publicidad
Prendas reflectantes o sistema de alumbrado. Se considerará conducción negligente y por tanto punible cuando se realice conducción nocturna sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes, ya que en estos casos, el conductor no adopta la diligencia necesaria para ser visto por el resto de conductores ni la precaución necesaria para evitar ponerse en peligro. La sanción correspondiente es de 200 euros.
Sanciones a menores. En los casos de infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.
¡Oferta 136 Aniversario!
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.