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El subsidio para mayores de 52 años permite a sus beneficiarios cobrar 463,21 euros al mes (actualizado a 2022) hasta la edad de jubilación, que pasarán a cobrar su pensión correspondiente, o hasta que consigan un trabajo. La ventaja de esta prestación, es que ... es la única que cotiza para la jubilación. En concreto, lo hace el Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) por el 125% de la base mínima de cotización que esté vigente cada año.
Pero para acceder a este subsidio es necesario reunir una serie de requisitos, entre ellos, tener acumulados al menos 15 años de cotizaciones para la jubilación en cualquier régimen de la Seguridad Social (cuenta ajena, autónomos, empleados de hogar, etc), y también, dos de los cuales deben estar dentro de los últimos 15 años.
Pero, ¿qué ocurre si no se llega a ese mínimo de años cotizados? Ante la dificultad de acceder al mercado con esa edad y mientras el desempleado logra un trabajo que le permita ampliar su vida laboral, existen dos ayudas económicas a las que puede acogerse.
Por un lado, tendría la opción de solicitar la ayuda familiar. Se trata de un subsidio por desempleo con responsabilidades familiares por agotamiento de la prestación contributiva. En este concepto entra también el cónyuge, en el caso de que dependa económicamente de la persona que pida el subsidio. Los hijos a cargo deben tener menos de 26 años. La duración varía en función de la edad y el tiempo durante el que se percibió la prensión contributiva:
- Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tendrá derecho a totalizar 18 meses.
- Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a totalizar 24 meses.
- Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrá derecho a totalizar 24 meses.
-Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a totalizar 30 meses.
Por otro lado, estos desempleados de 52 años podrían optar, en el caso de que se acabara la ayuda anterior y continuaran parados, a la Renta Activa de Inserción (RAI). Es una prestación para parados de larga duración mayores de 45 años, que no tienen ingresos propios superiores a 750 euros mensuales (el 75% del Salario Mínimo en 2022) y en cuya unidad familiar no se supera el tope de rentas, es decir, que la suma de los ingresos mensuales obtenidos por todos los miembros de su unidad familiar (el solicitante, su cónyuge y sus hijos menores de 26 años o mayores incapacitados o menores acogidos), dividida por el número de miembros que la componen no supere 750 euros mensuales por miembro.
Esta ayuda se puede cobrar durante 11 meses como máximo y se puede solicitar hasta tres veces.
Además, la cuantía de la Renta Activa de Inserción aumentará en 2023 y será de 480 euros mensuales. Y es que si su importe es el 80% del IPREM mensual vigente en cada momento, al aumentar en 2023 también lo hará la cuantía de la RAI.
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