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Del conductor. Así ocurre desde que hace nueve años se aprobó la Ley 6/2014, que exonera a los cotos de caza y deja la ... responsabilidad en el conductor del vehículo implicado en el siniestro con animales sueltos.
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Sí. El conductor podrá pedir responsabilidades a los titulares de un coto cuando el atropello del animal sea consecuencia directa de una batida llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes. También a los gestores de una autopista cuando el siniestro se deba a desperfectos en los cerramientos de la vía.
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Los dueños serán los responsables de los daños en un siniestro, según recoge el artículo 1.095 del Código Civil. No obstante, el problema es que cada vez existen más mascotas abandonadas o que carecen del chip de identificación obligatorio por ley.
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Sí. Las aseguradoras ofrecen cláusulas para ampliar la cobertura a daños por animales. Su precio oscila entre 7 y 15 euros.
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Sólo el 40% de los automovilistas contarían con cobertura de su aseguradora en caso de siniestros con animales, según las estimaciones.
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El 6% se calcula desde que entró en vigor el cambio de normativa en 2014, cuando en los años anteriores rondaba el 43%.
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Modere su velocidad, mire lejos para tener tiempo de reacción. No trate de esquivar al animal, frene y levante el pie antes del choque para que el frontal del coche suba.
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Señalice, sitúe el coche fuera de la calzada, avise al 112 y no se arriesgue a tocar al animal.
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