La 'tasa COVID': un recargo injusto... e ilegal
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El Ministerio de Consumo advierte: es ilegal y debería ser sancionadaUsted va a una cafetería, bar, restaurante. Se sienta, consume, paga. Y en el tique, una sorpresa: un recargo (pequeño, pero recargo) bajo el concepto «desinfección» o «medidas anti COVID» o «medidas sanitarias». O cualquier sucedáneo sobre el particular. Y usted, que es una persona ... curiosa, se hace la pregunta obvia. ¿Es esto legal? ¿Pueden cobrarme por ese concepto?
El asunto ha generado bastante polvareda en la última semana, incluso antes de que se convirtiera en una práctica generalizada. De hecho, se trataba de algo, por ahora, bastante poco común. Pero por eso de ponerse la venda antes de la herida, hubo muchas reacciones al respecto. Y reacciones incluso encontradas.
Por ejemplo, la OCU opinaba a principios de semana que la tal 'tasa COVID' (el nombre con el que se ha popularizado este concepto) podría ser legal, siempre que se advirtiera con anterioridad al cliente de que le iba a ser cobrada. Se entendía, de ese modo, como un contrato entre partes, como si fuera un servicio más que el consumidor podía o no aceptar.
Pero otra asociación de consumidores, FACUA, opinaba todo lo contrario. La tal tasa cobraría algo que no es un servicio, sino que sería cobrar por el simple cumplimiento de las medidas sanitarias obligatorias, algo que nunca se ha hecho.
Esta misma asociación empezó a informar de casos que empezaban a detectar. Se hizo muy viral el tique de un bar no identificado en el que a los 10,80 por cuatro cañas se añadía un eurito más por algo llamado 'servicio COVID'. Y a la asociación llegaban denuncias sobre clínicas dentales que cobraban a sus clientes hasta 30 euros por un kit de guantes y mascarillas, que son de uso obligatorio en esos lugares.
FACUA pedía que Consumo se pronunciara sobre este asunto, y Consumo se pronunció. Finalmente, el ministerio que dirige el riojano Alberto Garzón ha enviado una nota a las comunidades autónomas en las que les recuerda que esos cobros son ilegales.
El argumento es el mismo que esgrimía la asociación: que se trata de medidas de higiene y sanitarias que no son potestativas, es decir, que son obligatorias para realizar esa actividad. Y por tanto, no son algo que el consumidor pueda aceptar o rechazar, no es un servicio al que se pueda renunciar, y eso lo convertiría de inmediato en un buen candidato a cláusula abusiva.
Y por eso, esa 'tasa COVID' debería ser inspeccionada... y denunciada. Una competencia que, por mucho que el ministerio avise, es propia de las comunidades autónomas.
Pero en realidad, la 'tasa COVID' sólo es una forma burda de exponer un problema que habrá que vigilar en los próximos meses: el aumento de los precios en servicios y bienes de todo tipo. Es evidente que para muchos empresarios la pandemia ha supuesto un aumento de costes y, a la vez, una reducción de los ingresos por las medidas de distanciamiento y aforos.
La cuestión no es, por tanto, si eso se trasladará a los consumidores. Se hará, en mayor o menor medida, aunque no se explicite en la factura. Las autoridades de consumo, y los propios compradores, tendrán que estar vigilantes para distinguir el grano de la paja: o sea, el aumento de precio del abuso.
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