Dos turistas pasan con sus maletas por el centro de Logroño el pasado verano. Justo Rodríguez

La posibilidad del veto a los pisos turísticos enfrenta al sector y los vecinos

Los implicados valoran de forma opuesta el aval del Supremo a que las comunidades de propietarios puedan prohibir estos negocios

Sergio Martínez

Logroño

Lunes, 14 de octubre 2024, 20:00

La polémica en relación a las viviendas de uso turístico (VUT) es ya cotidiana y recurrente, como un elemento que va más allá de la propia actividad y enlaza con debates sobre los servicios públicos, el modelo de vecindario o la escasez de vivienda y ... su encarecimiento. El último foco de atención llega desde el Tribunal Supremo, que ha resuelto recientemente una cuestión sobre la que muchos estaban pendientes al avalar que las comunidades de propietarios pueden prohibir la instalación de pisos turísticos en sus edificios. Una decisión que pone fin a sentencias e interpretaciones contradictorias y cuya valoración va desde la buena acogida de vecinos de zonas más saturadas a las quejas del sector.

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En los últimos años, en paralelo a la expansión de las VUT crecieron las comunidades de propietarios que trataron de ponerles coto. Juzgados de todo el país estaban resolviendo disputas al respecto, si bien la Audiencia Provincial de La Rioja no había dictado sentencia en ningún sentido ante las causas actualmente abiertas, a la espera de que el Tribunal Supremo sentase jurisprudencia. El principal punto de conflicto llegaba en la interpretación de la Ley de Propiedad Horizontal, en su última modificación de 2019, que recogía que:«El acuerdo por el que se limite o condicione el ejercicio de la actividad(...) requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios (...)». El problema era que la legislación habla de limitación, no de prohibición expresa.

El Supremo, con dos sentencias, ha apoyado que sí que cabe la prohibición. «Para justificarlo se ampara en el preámbulo del RDL7/2019, un apartado que mucha gente piensa que no tiene importancia pero que, en definitiva, explica la finalidad de la ley», apunta el abogado riojano Guillermo Larrondo Lizarraga. El Supremo expresa que «la voluntad del legislador es proclive a favor del arrendamiento residencial frente al alquiler turístico» y alude a «que atribuir dichas facultades a los propietarios encuentra su fundamento de que una actividad de tal clase puede generar molestias y perjuicios que la realidad social constata, especialmente en zonas de mayor incidencia turística».

Susana Díaz, presidenta de Arvutur (Asociación de Viviendas de Uso Turístico en La Rioja) se muestra contraria a esta interpretación:«Es es algo suficientemente serio como para dejar en manos de los vecinos la prohibición de esto, una asesoría, un dentista o una academia». Añade Susana Díaz que estas decisiones se toman «desde el miedo y el desconocimiento» y defiende su modelo de negocio:«Esto es turismo, no es un bar ni una discoteca, es gente normal que viene a disfrutar de la ciudad, que puede dar problemas puntuales pero como cualquier otra actividad. Ahora parece que somos los culpables de la masificación turística».

La presidenta de Arvutur señala que «no vemos normal ni lógico que te prohiban hacer algo en tu casa», si bien la propia sentencia apunta que «las facultades de los propietarios, para definir el destino de sus pisos o locales son susceptibles de ser sometidas a límites tanto legales como convencionales».

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«Es algo suficientemente serio como para dejar la prohibición en manosde los vecinos»

Susana Díaz

Presidenta de Arvutur

«Reclamamos barrios con residentes, coparlos de una actividad económica es un problema»

Iratxe Apeztegia

Presidenta Demanda Casco Antiguo

«Las comunidades deben elevar la decisión de la junta a escritura pública e inscribirlo en el registro»

Guillermo Larrondo

Abogado

En caso de que una comunidad tome esta decisión, el veto se aplicará desde ese momento y no afectará a los pisos ya en activo. Pese a ello, existen todavía algunas dudas sobre los que se encuentren en medio del proceso, «en caso de alguien que haya comprado un piso para esa finalidad, incluso esté en obras y todavía no lo haya dado de alta como VUT. Tendrá que irse caso por caso para regular en qué momento se aplica la retroactividad de la prohibición», apunta Larrondo Lizarraga.

El abogado, además, explica qué pasos a seguir por una comunidad de propietarios para completar el veto a los pisos turísticos: «Debe hacerse una junta en la que esté anunciado en el orden del día, votar con 3/5 a favor de la prohibición, comunicar el acuerdo a los no presentes, elevarlo a escritura pública e inscribirlo en el registro de la propiedad para dar publicidad de cara a terceros».

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Por su parte, Iratxe Apeztegia, presidenta de Demanda Casco Antiguo, asociación vecinal logroñesa de la zona con mayor concentración de pisos turísticos –que representan el 8% de las viviendas– se congratula de que estas sentencias «aclaren la situación y proporcionen mayor seguridad jurídica a las comunidades». En su página web disponen de la guía '¿Cómo podemos prevenir pisos turísticos en nuestra comunidad de vecinos?' que «está siendo bastante consultada, también por gente de otras regiones».

Apeztegia habla de que estos negocios «pueden generar faltas de respeto a las normas de convivencia, ruidos, basuras, inseguridad porque cada semana aparece gente desconocida...» y, en definitiva incide en la importancia del uso residencial de los inmuebles frente al turístico:«Reclamamos barrios con residentes, coparlos de una actividad económica es un problema. El paisaje cambia y los servicios dejan de destinarse a los vecinos en favor del visitante».

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