Novedades en los planes de pensiones a partir del 1 de enero de 2025. Desde esa primera fecha del año se podrán retirar de forma anticipada y sin restricciones las aportaciones realizadas a los planes de pensiones individuales con un mínimo de diez años ... de antigüedad. Ya no habrá que esperar a los seis supuestos –cuatro contingencias y dos excepciones– que ahora, y durante los dos próximos meses y medio, siguen vigentes para tener la posibilidad de rescatar el dinero: jubilación, incapacidad laboral, gran dependencia o dependencia severa, fallecimiento, desempleo de larga duración y enfermedad grave.
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«Los planes de pensiones son un instrumento finalista y, en este caso, la finalidad es la jubilación. Ahora se va a dar la posibilidad de hacerlos líquidos si tienen al menos diez años de antigüedad», repasa José Luis Manrique, del Observatorio Inverco. En este punto alerta de que «hay que tener en cuenta dos aspectos. La jubilación va a llegar tarde o temprano y si existe una necesidad de rescatar el plan, también ahora hay posibilidades –desempleo de larga duración y enfermedad grave–. Y en segundo lugar, hay que hacer cuentas para saber si es eficiente desde el punto de vista fiscal retirar la aportación».
Porque el capital de los planes de pensiones se considera un rendimiento del trabajo, igual que el salario, y se incluirá en la base imponible general del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Y como el IRPF es progresivo, los tributos a pagar serán mayores cuando más altos sean los ingresos.
La patronal del sector de la inversión colectiva y los fondos de pensiones advierten del «riesgo» en el sistema en caso de retirada masiva de los planes individuales a partir del 1 de enero. También podría haber impacto en cuanto al «acortamiento» en los plazos de los activos de las carteras, lo que se traduciría en una menor rentabilidad de los productos financieros.
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