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Casi cinco años después del fallecimiento de Daniel Almonacid en un accidente laboral en la empresa Geopannel de Logroño, el Juzgado de lo Penal número ... 2 acogió este jueves el juicio contra el gerente y la responsable de prevención de riesgos de la firma [aunque la gestión estaba derivada a un servicio externo].
La Fiscalía y la acusación particular los consideran responsables de un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de homicidio por imprudencia, por los que solicitan cuatro y siete años de prisión. Por su parte, las defensas piden la absolución.
El fatídico accidente tuvo lugar el 11 de diciembre de 2019, cuando Daniel Almonacid, que entonces contaba con 32 años, era el responsable de una línea de producción de la firma, con una napadora (máquina para procesar fibras textiles) a su cargo. Esta, al inicio del turno, dio un fallo y la víctima, junto a sus compañeros, trató de subsanarlo.
¿Hubo dejación por parte de la empresa o temeridad? Durante más de seis horas, acusados, testigos, inspectores y peritos desgranaron las causas del accidente. Para avalar la primera versión, un trabajador (entonces delegado de riesgos laborales) declaró que uno de los dispositivos de seguridad «no funcionaba nunca y se levantaba con la mano». «Sabíamos que era importante, pero no veíamos riesgo», incidía antes de señalar que él había informado verbalmente al responsable de mantenimiento, aunque no a la dirección o al departamento de riesgos laborales. Otro de los compañeros explicó que «Dani mandó parar la máquina». «Yo quité un tornillo y levanté el martillo con la mano, como había hecho otras veces», añadía. Entonces el jefe de línea entró en la napadora y una pieza, que teóricamente debía de estar parada, le mató.
Para avalar la tesis contraria, el gerente explicó que «existían instrucciones técnicas para la apertura de la máquina en modo seguro», que consistían en apretar dos botones, quitar dos tuercas y esperar a que saltase un pestillo (el que se accionó manualmente) que solo se debía abrir cuando los engranajes se hubieran detenido completamente. Además, había que tirar de una palanca para acceder a la máquina en una acción coral y coordinada.
«Había mecanismos de seguridad, pero con el accidente comprobamos que se podían desactivar. Pero no lo tolerábamos», aseguró el acusado. «Puedo poner los medios, pero no puedo vigilar al vigilante. Daniel [la víctima] debía velar por que se cumplieran todas las medidas de seguridad», añadía. «No era fácil de desactivar, se necesitaban varias personas», abundaba la otra imputada.
Por su parte, la inspectora de Trabajo del Gobierno de La Rioja explicó que se «había anulado el dispositivo que impedía la apertura de la máquina», tras la eliminación de un pistón. «Los dispositivos de seguridad no deben ser fácilmente manipulables y la empresa debe vigilar que funcionen», esgrimió. Eso sí, el origen de esa adulteración, a la postre mortal, no se determinó en la vista. «No sé si estaba roto o fue anulado», declaró una funcionaria de Salud Laboral que participó en la reconstrucción del accidente.
El letrado de la acusación particular defendió que la inacción de la empresa fue la causa del fallecimiento. «Ha tenido que morir Daniel para que ahora sus compañeros puedan trabajar con seguridad», alegó en referencia a la implantación de más medidas de seguridad en la napadora.
«El accidente no se produjo por omisión de la empresa. La víctima tenía conocimiento de todas las medidas de seguridad. Fue una imprudencia temeraria de un trabajador que ordena abrir una máquina y que se vayan quitando medidas de seguridad», replicaba el abogado del gerente. «Si se hubieran seguido las instrucciones, no se habría producido el accidente», zanjaba el togado de la firma.
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