Secciones
Servicios
Destacamos
Si finalmente se convalida, la reforma laboral pactada por el Gobierno central y los agentes sociales dará a las empresas de La Rioja un plazo de tres meses para verificar los contratos temporales de 26.200 trabajadores, esto es, el 22% del total de ... asalariados de la comunidad (118.700), según la última Encuesta de Población Activa (EPA).
Todas las modalidades de relación con carácter eventual se someterán a esta 'auditoría', pero habrá una que decaerá de forma definitiva, la de 'por obra y servicio', que representa el 30,8% del total de contrataciones que se firman en La Rioja durante un año (139.787 con datos de 2021 hasta el mes de noviembre) y que supone un foco de atropello a los derechos laborales de los trabajadores, ya que el 91,2% de ellas (39.289) se hace con 'duración indeterminada'.
«Se ha abusado mucho del contrato por obra y servicio, hasta la saciedad, y la jurisprudencia española lo ha criticado enormemente», advierte la profesora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de La Rioja, Concepción Arruga, para quien, «al margen de todo lo que se está diciendo, se trata de una buena reforma, sobre todo, porque viene del marco del diálogo social».
El nuevo ámbito regulatorio acomete cinco grandes bloques: la contratación temporal y los trabajadores fijos-discontinuos, diversos aspectos de la subcontratación, la ultraactividad de los convenios colectivos, su concurrencia y los ERTE.
Centrando el análisis en la contratación, la reforma concentra la multiplicidad actual en tres tipos: los indefinidos, los temporales y los de formación y de prácticas. Y, dentro de los temporales, destierra definitivamente el de obra y servicio, utilizado en todos los sectores productivos, entre ellos la construcción, para el que se creará 'ad hoc' un formato de contrato indefinido. De forma que a partir de abril (se les ha dado tres meses de plazo a las empresas para adaptarse a la nueva regulación) solo se podrán suscribir dos tipos de contratos temporales: por circunstancias de la producción (con un máximo de 90 días o de seis meses en función de si esas circunstancias son previsibles o no) y los de sustitución (solo tres meses). «Es decir –incide la experta riojana– no solamente se reduce sustancialmente la posibilidad de hacer contratos temporales, sino de concatenarlos, bajando el límite de tres años a 18 meses».
En consecuencia, «la reducción que se ha hecho de la posibilidad de contratación temporal es importante», subraya Arruga. En este sentido, señala que «es verdad que se deja margen a las empresas para que puedan seguir teniendo relaciones laborales temporales, pero ya se extiende esa aplicación del principio de fijeza en aquellos casos en los que se exceda de esos límites temporales».
Porque ese es el objetivo de la nueva regulación, aún pendiente de superar el trámite parlamentario. Sin embargo, La Rioja no es precisamente una de las comunidades autónomas que más destaquen por la temporalidad de su mercado de trabajo. La tasa global de la región es cuatro puntos inferior a la media nacional (26%) y la tercera más baja en la comparativa autonómica tras las de Madrid (19,5%) y Cataluña (21,8%). También se trata de una ratio más favorable que la que presentan las comunidades limítrofes: Navarra (25,4%) y País Vasco (24,3%).
Ahora bien, el grueso de la temporalidad se encuentra en la administración pública. Los datos de la EPA arrojan una ratio de eventualidad en las empresas privadas riojanas del 19,7%, mientras que en el caso del sector público es casi doce puntos mayor y escala hasta el 31,4%, similar al promedio nacional. Arruga, que fue consejera de Administración Pública y Hacienda del Gobierno de La Rioja, explica que la reforma laboral es una negociación que afecta al ámbito laboral del sector privado, mientras que los empleados públicos se regulan por el Estatuto Básico. Pero es que, al menos en el corto y medio plazo, no espera que la temporalidad en las administraciones públicas vaya a bajar, puesto que están autorizadas a «seguir manteniendo relaciones laborales temporales siempre que estén vinculadas al desarrollo de proyectos del Plan de Recuperación y Resiliencia» derivado de la actual crisis.
La profesora del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de La Rioja, Concepción Arruga, subraya que el acuerdo alcanzado a finales de diciembre «no elimina la reforma laboral que se aprobó en 2012, porque sigue apostando por la flexibilidad interna que se introdujo entonces». Ejemplo de ello, destaca, son los ERTE, «de forma que en situaciones de crisis, en lugar de despedir a los trabajadores se les dé una formación profesional para que puedan adaptarse a otros puestos de trabajo».
En su opinión, el pacto Gobierno-sindicatos-patronal «solo actúa en una parte concreta» de la regulación del Gobierno de Mariano Rajoy, aunque no menor, pues «ataca la temporalidad, uno de los males endémicos e históricos del mercado de trabajo en España». Y es que «la temporalidad en nuestro país es inmensamente más elevada que la media de la Unión Europea» y lo acordado hace dos semanas es la respuesta al «compromiso adquirido con la UE, el componente 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para abordar medidas con las que atajar la temporalidad en España».
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.