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Una norma que cambia de raíz las reglas de juego

Gestión pacífica ·

El decreto esquiva las sanciones y limita al máximo castigos como la expulsión del centro, solo prevista para casos extremos

L.J.R.

Miércoles, 27 de abril 2022, 02:00

El consejero de Educación, Pedro Uruñuela, ha defendido en reiteradas ocasiones el contenido de un decreto –que se completará y concretará mediante órdenes para su aplicación práctica– que pretende «añadir la convivencia para aprender a relacionarnos bien, a disfrutar del diálogo, a comunicarnos, a gestionar los conflictos pacíficamente, a gestionar la incertidumbre, la diferencia...». Estas son algunas de sus claves.

1. Planteamiento proactivo

El decreto busca «adelantarse a los problemas trabajando básicamente la prevención y desarrollando en todo el alumnado las competencias, habilidades y valores necesarios para una convivencia positiva». Se deberá implantar en todos los centros.

2. Autoridad pública

«El profesorado de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el ejercicio de las funciones directivas, educativas, de orientación y disciplinarias que tenga atribuidas, tendrá la condición de autoridad pública», sostiene el decreto.

3. Plan de convivencia

La norma regional establece que los centros desarrollarán su propio Plan de Convivencia, «tras un diagnóstico de la situación de la convivencia, en el que se identifiquen los aspectos que funcionan de manera adecuada y que, por ello, sea necesario mantener y potenciar, así como aquellas acciones que necesitan ser mejoradas y planificar cómo hacerlo».

4. Gestión pacífica de conflictos

«El procedimiento de gestión pacífica de conflictos será utilizado por los centros educativos con carácter previo ante una situación de conflicto dentro de la comunidad educativa. Así, los conflictos serán abordados como una oportunidad para mejorar la convivencia y reforzar las relaciones interpersonales», dice la norma.

5. Normas del centro

«Serán elaboradas por el equipo directivo y aprobadas por el Consejo Escolar y de obligado cumplimiento y deberán concretar los deberes de los alumnos y alumnas, así como las medidas correctoras aplicables en caso de incumplimiento, tomando en consideración su situación y condiciones personales. También deberá recoger los tipos de medidas que den respuesta a las conductas contrarias a la convivencia (sancionadoras, reparadoras, reeducativas y preventivas)».

6. Medidas sancionadoras

La corrección de las conductas contrarias a la convivencia se llevará siempre a cabo en el propio centro. Solo en casos excepcionales, cuando haya un riesgo evidente para la integridad física o moral de las personas del centro, podrá adoptarse la decisión de expulsión temporal de un alumno o alumna.

7. El aula de convivencia

«Todos los centros dispondrán de un Aula de Convivencia, definida como un espacio orientado a que los alumnos/as puedan reflexionar sobre su conducta y sobre las causas por las que han sido sancionados. Deberá tener un objetivo educativo y no punitivo, buscando que el alumnado pueda reflexionar y cambiar su conducta agresiva o transgresora por una conducta más positiva».

8. El alumno ayudante

«Es un miembro de la red de ayuda creada en el centro educativo, para la promoción de la comunicación y de la mejora de las relaciones del alumnado entre sí. Estos alumnos y alumnas deberán recibir formación específica en resolución de conflictos y en formas de ayuda, y tendrán que estar pendientes de la convivencia en el grupo, apoyando a quienes lo necesiten en situaciones de dificultad académica o personal, gozando de la confianza de los compañeros y compañeras», recoge el futuro decreto.

9. Formación del profesorado y de las familias para el trabajo de la convivencia

«La Administración Educativa elaborará y pondrá en práctica un plan de formación dirigido de manera específica a los equipos directivo [...] Se ofrecerán, con carácter trimestral, las acciones de formación que se consideren necesarias para que el profesorado y demás miembros la comunidad educativa [...] Se ofrecerá también a las familias, a través de sus organizaciones más representativas, la formación que se considere necesaria, buscando su mayor implicación y corresponsabilidad en la implantación del trabajo de la convivencia en los Centros educativos».

10. Responsables de la convivencia en los centros educativos

«En todos los centros públicos y privados concertados habrá personal docente que se responsabilizará del trabajo de la convivencia y de la organización de las actividades».

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