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La Rioja
Martes, 5 de marzo 2024, 15:49
El Consejo de Ministros aprobó este martes la declaración de zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil (ZAEPC) los territorios afectados por episodios catastróficos, que provocaron daños personales, en infraestructuras y en bienes públicos y privados.
Además del dramático incendio registrado en Valencia ... el pasado 22 de febrero, la contaminación por pellets que sufrieron las costas de Galicia, Asturias y Cantabria en el pasado enero y otras 57 emergencias de protección civil registradas desde septiembre de 2023, el Gobierno de España acordó este martes incluir, de manera excepcional, las inundaciones sufridas en La Rioja el 21 de junio del año pasado «para subsanar un error administrativo que impidió su declaración como zona afectada por una emergencia de protección civil con anterioridad».
Aquella tarde-noche del 21 de junio, las tormentas que recorrieron La Rioja se cebaron especialmente con la comarca del Najerilla y arrasaron Huércanos, además de provocar cuantiosos daños en Uruñuela, Cenicero y otros municipios de la comunidad.
La Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, recoge una relación abierta de medidas y ayudas. Las medidas de recuperación previstas en este acuerdo, y cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, son las siguientes
- Ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros.
- Ayudas por destrucción o daños en enseres de primera necesidad: el coste con un límite de 2.580 euros.
- Ayudas por destrucción total de la vivienda habitual: el coste de los daños, con un máximo de 15.120 euros.
- Ayudas por daños a la estructura de la vivienda habitual: el 50% de los daños, con un máximo de 10.320 euros.
- Ayudas por otros daños en la vivienda habitual: el 50% de los daños, con un máximo de 5.160 euros.
- Ayudas por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios: el 50% de los daños, con un máximo de 9.224 euros.
- Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales y de bienes: el importe total de los gastos.
- Ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 9.224 euros.
- Ayudas a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables: entre el 50% y el 100%, según los casos.
- El acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados.
El acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros abre la posibilidad de adoptar otras medidas de ayuda, condicionadas a lo que establezcan las órdenes ministeriales dictadas por cada uno de los diferentes departamentos competentes para desarrollarlas:
- Beneficios fiscales: el Ministerio de Hacienda concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponden a los receptores de estas ayudas, que como es habitual estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales.
- Medidas laborales y de Seguridad Social: los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán
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