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Jarro de agua fría a las aspiraciones del Gobierno de La Rioja de intentar paralizar el parque eólico Providentia, de 28 megavatios de potencia y sus infraestructuras, en las que inlcuye una línea de alta tensión entre Tauste (Zaragoza) y Júndiz (Álava), que atravesaría el ... territorio riojano. La Dirección General de Política Energética y Minas, adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica, ha concedido autorización administrativa previa para este proyecto de molinos de viento, promovido por Forestalia, y no ha tenido en cuenta el recurso de alzada presentado hace un mes y medio por el Ejecutivo regional y con el que pretendía frenar esta estructura.
Este proyecto, argumentaba el Gobierno de Gonzalo Capellán, «afecta al espacio Red Natura 2000, tiene un impacto ambiental y paisajístico significativo y afecta a cinco de las once cañadas que forman la Red Principal de Vías Pecuarias». Además, en su recurso apuntaba que la declaración de impacto ambiental (DIA) «no resulve la afección a los montes de utilidad pública o los hábitats de interés comunitario». Sin embargo, y según se recoge en la resolución que publica hoy el Boletín Oficial de La Rioja (BOR), se otorga a Energía Inagotable de Providentia S. L. la autorización para este parque eólico de limitadas proporciones que, inicialmente, se tramitaba de forma individual pero que por decisión de la Dirección de Política Energética y Minas se agrupó conjuntamente con otros siete complejos eólicos que también han solicitado autorización en la misma zona aragonesa de Tauste. Todos ellos pretenden descargar la energía producida en la nueva autopista de alta tensión para transportarla hasta el País Vasco.
En el caso de La Rioja, se instalarían 252 apoyos en territorio riojano, desde Alfaro hasta Briñas, con un importante impacto tanto en la avifauna como en el paisaje de viñedo, así como en elementos de patrimonio cultural como calzadas romanas, lagares o el Camino de Santiago. En este sentido, el recurso del Gobierno regional también dejaba claro que el criterio de la Administración «no puede ser favorable cuando la ocupación del medio es desproporcionada y en consecuencia una desmedida ratio de consumo de recursos naturales respecto de la suma de energía eléctrica renovable obtenida». Todo ello, proseguía el argumentario del Ejecutivo, «consecuencia directa de la distancia excesiva entre las instalaciones de producción respecto de las instalaciones de evacuación».
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