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La Ley estatal de Bienestar de los Animales entró en vigor el 29 de septiembre de 2023, lo que cerró en parte el vacío legal ... en La Rioja por la derogación, dos meses antes, de la autonómica. Las leyes estatales son aplicables a todo el ámbito nacional, y en ocasiones resultan genéricas, mientras que las autonómicas son solo regionales y a menudo más específicas. Por ejemplo, aunque en marzo se aprobó en el Congreso la exclusión del lobo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial al norte del Duero, la Ley de Biodiversidad de La Rioja lo continúa protegiendo a nivel autonómico, así que aún no es cazable en nuestra región. Sucede al contrario en la Ley de Bienestar Animal, al no haber normativa autonómica hay mayor desprotección en determinados ámbitos o especies.
Como indica la ley estatal, quedan excluidos de la misma los perros de caza, que «quedarán protegidos por la normativa vigente europea, estatal y autonómica correspondiente». Aunque la normativa riojana los incluía, al ser derogada quedan desprotegidos. Sucede igual con los espectáculos taurinos, animales de producción y de actividades específicas (trabajo) no incluidos en la estatal. Actualmente en La Rioja solo se distingue a los perros de asistencia.
La derogada ley autonómica especificaba que «los perros, gatos y hurones deberán ser esterilizados bajo control veterinario» e inscritos en el Registro de Identificación de Animales de Compañía, mientras que la normativa estatal vigente solo obliga en el caso de los gatos a «identificar mediante microchip y proceder a la esterilización quirúrgica» antes de los seis meses de edad. Con respecto a otras especies, como perros, solo habla de la «difusión de campañas públicas de promoción de la esterilización, prevención de enfermedades e identificación de animales», así como «adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada». Por otra parte, cuando procedan de un centro público de protección se habla de esterilizarlo antes de su entrega o, al menos, de «un compromiso de esterilización».
La autonómica especificaba la obligación de «proporcionar la posibilidad de realizar el ejercicio necesario, al menos dos paseos diarios», pero la estatal solo obliga a «mantenerlos integrados en el núcleo familiar» o proporcionarles un «alojamiento adecuado».
Esto no ha variado. La ley regional prohibía el sacrificio salvo para «evitar el sufrimiento al animal» por seguridad o salud, igual que la estatal.
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