Imagen de la reelección de Varona como presidente en la reunión de la Federación Riojana de Municipios Juan Marín

La Justicia suspende el pleno de la FRM por incumplir los plazos del estado de alarma

La sesión, que se llegó a celebrar el lunes antes de que el presidente recibiera el auto, se desarrolló de forma no presencial y aprobó las Cuentas

Teri Sáenz

Logroño

Miércoles, 8 de abril 2020, 20:35

El juzgado de primera instancia número 6 de Logroño emitió con fecha del pasado lunes un auto acordando la suspensión del pleno ordinario convocado por la Federación Riojana de Municipios (FRM) a las 10 horas de ese mismo día. La medida, dictada a partir ... de la solicitud cursada por el alcalde de Ezcaray en calidad de miembro de la Junta y representante del PSOE, entiende que la cita incumplía los plazos recogidos en el Real Decreto 8/2020 regulador del estado de alarma para la celebración de este tipo de sesiones que, dentro de sus diversos puntos, incluía en el orden del día el examen y aprobación del Presupuesto de la entidad del 2019 y el proyecto para el del actual ejercicio.

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En origen, la Junta de Gobierno presidida por Roberto Varona acordó el 27 de febrero de 2020 celebrar el pleno el 26 de marzo. Ante la imposibilidad de que tuviera lugar de forma presencial tras la declaración del estado de alarma el 14 de marzo, Varona declaró el día 18 su suspensión, que fue levantada el 26 remitiendo la cita al 6 de abril al amparo, entre otros argumentos, del artículo 40.2 del citado real decreto. En él se abre la puerta a llevar a cabo este tipo de sesiones mediante votación por escrito.

El juez apoya por su parte la decisión final en el artículo 40.6 del mismo Real Decreto donde se subraya que en caso de revocación de la convocatoria inicial –como así entiende que sucedió con la suspensión del 18 de marzo–, la nueva deberá ser dentro del mes siguiente a la fecha de conclusión del estado de alarma que, de momento, se prorrogará hasta el 26 de abril.

La medida cautelar no impidió sin embargo la celebración del pleno. El auto, que dada la premura de los plazos y las actuales circunstancias debía ser notificado a la dirección de la FRM por el solicitante, fue recibido el lunes a las 12.30 horas cuando la sesión se consideró cerrada a las 10. A esa hora, y según la información facilitada por el presidente, se habían recibido telemáticamente «bastante más de la mitad» de los votos de los 174 integrantes la entidad que validaron las cuentas. Ante esta coyuntura, queda por dirimir la validez del pleno. Por un lado existen 20 días para presentar una demanda. Por otro, ante el auto cabe interponer recurso de apelación.

Cronología

  • 27 de febrero La Junta de la FRM acuerda celebrar un pleno el 26 de marzo para aprobar las cuentas del 2019.

  • 18 de marzo Ante la imposibilidad de una celebración presencial por el estado de alarma, el presidente lo suspende.

  • 26 de marzo Se levanta la suspensión al amparo del artículo 40 del Real Decreto 8/2020 y se convoca para el 6 de abril de manera no presencial.

  • 6 de abril El juzgado número 6 de Logroño dicta un auto que suspende el pleno ese día.

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