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Fachada del Palacio de Justicia en La Rioja. Justo Rodríguez
La Justicia riojana desestima la incapacidad a una ayudante de cocina con depresión y dos dedos de la mano amputados

La Justicia riojana desestima la incapacidad a una ayudante de cocina con depresión y dos dedos de la mano amputados

La Sala de lo Social del TSJR considera que«tales dolencias, por el momento, y a la vista de las pruebas que obran en las actuaciones, no evidencian secuelas o limitaciones importantes»

C.N.

Viernes, 9 de agosto 2024, 22:30

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) ha desestimado conceder la incapacidad permanente a una ayudante de cocina con un trastorno depresivo agravado tras sufrir un accidente doméstico en 2018 en el que se quemó con aceite hirviendo la mano derecha y le amputaron dos dedos. La dirección provincial del INSS denegó su solicitud porque alejó que sus lesiones no disminuían suficientemente su capacidad laboral, una decisión que confirmó después el Juzgado de lo Social número 1 de Logroño.

En su recurso, la defensa de la trabajadora presentó un informe médico que daba cuenta de patologías en su rodilla derecha, en su hombro izquierdo y una dolencia lumbar que, sumadas al trastorno mixto ansioso–depresivo, aseguraba que le limitaba mucho en su trabajo. Alegó también que la resolución administrativa no detallaba de forma completa y exacta las limitaciones de la cocinera: amputación parcial de los dedos cuarto y quinto de la mano derecha con abolición de la capacidad prensil, agravación del cuadro psiquiátrico de trastorno ansioso depresivo, cuadros vagales con pérdida de consciencia y caídas al suelo y adicción al alcohol, entre otras.

Al igual que la juzgadora de instancia, la Sala de lo Social ha valorado las limitaciones funcionales que padece la mujer derivadas de sus patologías y entiende que no tiene anulada su capacidad laboral, por lo que tales limitaciones son compatibles con su trabajo de ayudante de cocina. «Tales dolencias, por el momento, y a la vista de las pruebas que obran en las actuaciones, no evidencian secuelas o limitaciones importantes...», indica el tribunal.

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