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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Logroño ha reconocido el derecho de un exprofesor interino a que se tramite el procedimiento ... de responsabilidad patrimonial, es decir, a que reclame una indemnización que la Consejería de Educación le había negado previamente.
El recurrente, un funcionario interino de la Consejería de Educación, perteneciente al cuerpo de profesores técnicos de FP, en la especialidad de procesos de gestión administrativa, había encadenado diez contratos sucesivos desde 6 de octubre del 2008 al 31 de agosto del 2018, de los cuales ocho habían sido en el mismo centro educativo para prestar sus servicios como profesor en la misma especialidad. Durante este tiempo la administración no había convocado ningún proceso selectivo .
En la sentencia a la que ha tenido acceso este diario, la juez advierte además de que en supuestos similares, con un número parecido de años trabajados como interino, impartiendo la misma materia en centros docentes de esta región y teniendo en cuenta la falta de convocatorias durante todo este tiempo de procesos selectivos para la cobertura de esas plazas, los juzgados y la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) han declarado en varias sentencias que existe un abuso en la contratación.
Para la juez, el hecho de que en aquellos fallos la consecuencia de «abuso y fraude» haya sido declarar que la relación de interinidad de los recurrentes de la administración educativa de La Rioja deba subsistir y mantenerse indefinidamente hasta que no se provean las plazas por los cauces legales, es decir, hasta que se convoquen oposiciones, o se amorticen las mismas, «no significa que no pueda pedirse que tal situación de abuso y fraude pueda servir de soporte para formular una reclamación de responsabilidad patrimonial, pues se trata de una medida diferente o alternativa para evitar o sancionar la situación de fraude, si es que existe».
El interino, representado por el abogado Fabián Valero, consideraba que en su caso concurrían los supuestos necesarios para que se tramitara el procedimiento de responsabilidad patrimonial, una figura que tiene por objeto reconocer el derecho de los particulares a ser indemnizados por las lesiones que sufran en sus bienes y derechos siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. Y lo entendía así porque cubría plazas que no podían ser cubiertas por funcionarios de carrera y esas deberían haberse incluido en la Oferta de Empleo Público en el año en el que se produjo su nombramiento o en el siguiente y, sin embargo, no había sido así con lo que la administración había actuado con «abuso y fraude» teniendo en cuenta que la OPE debe ejecutarse en un plazo máximo de tres años.
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