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la rioja
Martes, 14 de agosto 2018, 10:51
El Juzgado de lo Social número 1 de Logroño ha dictado recientemente sentencia favorable a un trabajador que pedía una reducción de su jornada laboral por guarda legal de su hijo menor y podrá contar con horario de mañana en turno fijo, según recoge Efe en una nota.
El trabajador solicitó reducción de un octavo de la jornada en turno fijo de mañana, ya que su horario habitual era de turnos de mañana, tarde y noche, pero la empresa se lo negó alegando la concurrencia de causas o problemas organizativos y justificó que, como su horario habitual es a turnos, debía reducir dentro de cada turno una hora, pero no en turno fijo de mañana.
La sentencia, como explica el sindicato USO en un comunicado, establece que, al igual que en los últimos fallos al respecto de juzgados de Navarra, Santander y La Rioja, la expresión «dentro de la jornada ordinaria» debe entenderse a su jornada ordinaria de trabajo, refiriéndose a los días y no a las horas.
En cuanto a los problemas organizativos alegados por la empresa, según USO se evidencia que no existe problema real alguno para reorganizar las líneas de producción.
La sentencia, contra la que no cabe recurso, considera indiferente la situación personal del trabajador, al «no existir colisión de intereses, en el sentido que se exige legal y jurisprudencialmente». Además, en esta empresa ningún trabajador se encontraba en situación de reducción de jornada.
El sindicato USO La Rioja subraya que en la sentencia prevalece el derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral sobre los «falsos problemas organizativos alegados por muchas empresas para no conceder lo solicitado por los trabajadores».
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