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El gerente de una empresa de transporte de autobuses acusado, junto a otros tres empleados, de acosar laboralmente a un conductor de la misma compañía negó su participación en la trama que, según el fiscal, habrían urdido conjuntamente para vejarle y humillarle.
Este procesado, que ... desde este lunes y previsiblemente hasta el miércoles se sienta en el banquillo de la Audiencia Provincial, negó también que participara en el expediente abierto a la supuesta víctima por negligencia en el uso de la maquinaria interna del autobús. La decisión, según su versión, la tomó el servicio jurídico de recursos humanos de Madrid que es, según su versión, quien tenía potestad para ello. Fue en enero de 2011 y se adoptó esta medida porque en teoría no había entregado los originales de unos discos tacógrafos que aparecieron poco después. «Se abrió un expediente, aparecieron los discos y con los discos se anuló el expediente», resumió.
Reconoció que tenía constancia de que el conductor había reclamado por la vía judicial ajustes laborales. Pero como él, de acuerdo con su relato, lo hicieron más empleados de la empresa que entendían que en el proceso de subrogación de la plantilla, que pasó a depender de otra mercantil, «interpretaban que tenían una serie de derechos consolidados».
Respecto de su relación con el conductor que supuestamente sufrió acoso, explicó que solo mantuvieron un encuentro. Fue en enero de 2013 y una vez que la víctima se reincorporó a su puesto tras año y medio de baja. En estos casos, la empresa tenía un procedimiento de bienvenida que consistía en una «charla» con el empleado. En la reunión el conductor no le trasladó queja alguna e «incluso le di mi tarjeta personal para que me pudiera llamar directamente en el supuesto de que tuviese cualquier contingencia».
En julio de 2013, la víctima sufrió un golpe de calor en el autobús que requirió atención médica porque, según la Fiscalía, el conductor con el que compartía a turnos el mismo vehículo y que también se sienta en el banquillo de los acusados habría estropeado «el aire acondicionado a base de manipular las tuberías». Un episodio del que el gerente tuvo conocimiento porque «teníamos la obligación de reportar cualquier incidencia que se produjese, se solicitó que se hiciera un informe y se relató que tras este incidente el conductor que iba a atender ese autobús giró las llaves de la calefacción y el aire acondicionada sí que funcionaba».
A su juicio, lo normal en este caso hubiera sido que el piloto se pusiera en contacto con los gestores de tráfico para adoptar «medidas paliativas» y contactar con el taller para que, «en determinadas cuestiones que son menores, les den indicaciones a los conductores».
Como consecuencia de estos hechos, según el fiscal, uno de los acusados «le abrió un nuevo expediente sancionador por falta muy grave al haber dejado el autobús y haber tenido que subcontratar a otra empresa para conseguir otro conductor». Sanción que fue declarada nula el 31 de julio del 2014 por el Juzgado de lo Social nº 1 de Logroño.
Respecto a la ropa de trabajo que, según la acusación, le entregaban de talla inferior a la que necesitaba, el entonces gerente aseguró que no tenía constancia de este hecho, pero «si hubiese sido así en todas las taquillas existían unas cajas con prendas sueltas para que el conductor, sin pedir nada a nadie, pudiera cambiarlas», detalló.
En cuanto a las cestas de Navidad que no entregaron a la víctima entre 2011 y 2013, aseguró que no dependían de él y recordó que en 2012 ningún empleado la recibió.
En la misma sesión también declaró el conductor que comparte vehículo con el querellante y que se enfrenta a las acusaciones de acoso laboral y lesiones. Negó que él hubiera manipulado la llave con la que una vez al año se cambia la calefacción por el aire acondicionado del autobús. «No tenemos por qué tocar allí. El cambio de temporada de invierno a verano lo hacían en el taller», explicó.
Conocía el incidente de su compañero con la calefacción en pleno mes de julio, pero «yo había dejado el vehículo antes y estaba correcto». Recordó que en una ocasión se encontró el tacógrafo que su compañero no había retirado del vehículo. ¿Por qué no lo notificó? «Por no perjudicarle, porque sé que estuvo mucho de baja y lo había pasado mal y no quería hacerle daño».
El jefe de tráfico, imputado en la misma causa, relató que no tenía conocimiento del expediente abierto al conductor ni de la reclamación judicial que este había emprendido para pedir un ajuste salarial. Sí que sabía que recursos humanos le denegó un día de asuntos propios que había solicitado la víctima, pero «es imposible que se lo dijeran la víspera –como así lo sostiene la Fiscalía en su escrito– porque de esa manera no me daría tiempo aunque sea a alquilar el servicio».
El técnico de tráfico acusado en el mismo proceso fue el último en declarar. A preguntas de las partes, explicó que, de acuerdo con el protocolo de la compañía, si hay una avería hay que avisar a tráfico para tratar de solucionarlo. Pero el 14 de julio, el día en el que el conductor acabó en el hospital con un golpe de calor porque viajaba con la calefacción puesta, le llamaron de la taquilla de la empresa en Vitoria y «me dicen que una señora ha entregado unas llaves de un autobús que venía de Logroño. La señora dijo que el conductor le había dejado las llaves y se había ido». Le llamó y le dijo que debía haberlo notificado a la empresa. También contactó con el resto de conductores que dijeron que sí funcionaba el aire acondicionado. Poco después, este acusado notificó el episodio a sus superiores.
La vista oral continuará est emartes con la declaración de las decenas de testigos citados y previsiblemente concluirá mañana con las conclusiones definitivas.
Para el Fiscal, los hechos son constitutivos de un delito de acoso en el trabajo y un delito de lesiones por lo que procede imponer a cada uno de los acusados la pena de dos años de cárcel por el primer delito y siete años por el segundo. Además, por responsabilidad civil, los acusados deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria a la víctima en la cantidad de 300.000 euros por las lesiones ocasionadas.
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